Calculadora de IRPF y declaración de la renta 2026

Esta calculadora de IRPF estima tu cuota, tu tipo medio y tu salario neto aplicando los tramos estatales + autonómicos genéricos del ejercicio fiscal 2025 (declaración a presentar entre abril y junio de 2026). Incluye la reducción por rendimientos del trabajo y los mínimos personal y familiar más habituales.

Calculadora de IRPF (declaración de la renta)

Estima tu cuota de IRPF a partir de tu base imponible. Aplica los tramos estatales + autonómicos genéricos del ejercicio 2025 (declaración a presentar entre abril y junio de 2026).

⚠ Estimación orientativa. Esta calculadora aplica las normas vigentes de forma simplificada. El cálculo real puede variar según tu situación concreta (CCAA, jurisprudencia aplicable, deducciones individuales, etc.). Consulta con un profesional colegiado antes de tomar decisiones legales o económicas basadas en estos números.

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Tramos del IRPF 2025 (declaración 2026)

El impuesto sobre la renta es progresivo: cuanto más ganas, mayor es el tipo aplicable. La calculadora aplica la suma del tramo estatal + el tramo autonómico genérico. Para conocer el detalle de tramos autonómicos y deducciones por CCAA consulta la guía de la declaración de la renta.

  • Hasta 12.450 € — 19 %
  • 12.450 € – 20.200 € — 24 %
  • 20.200 € – 35.200 € — 30 %
  • 35.200 € – 60.000 € — 37 %
  • 60.000 € – 300.000 € — 45 %
  • Más de 300.000 € — 47 %

Reducciones que bajan tu cuota

El IRPF no se calcula sobre el salario bruto sino sobre la base imponible. Estas son las reducciones más importantes que disminuyen la cantidad sobre la que pagas impuestos:

  • Cotizaciones a la Seguridad Social — se descuentan del bruto automáticamente.
  • Reducción por rendimientos del trabajo — hasta 7.302 € si tu renta es inferior a 19.748 €.
  • Mínimo personal del contribuyente — 5.550 € (genérico).
  • Mínimo familiar por descendientes — 2.400 € por el primer hijo, 2.700 € por el segundo, 4.000 € por el tercero.
  • Aportaciones a planes de pensiones — hasta 1.500 € individuales + ampliable a 8.500 € si la empresa contribuye.
  • Deducciones autonómicas — varían por CCAA (alquiler joven, vivienda habitual, donaciones).

Plazos y obligaciones de la declaración

  • 2 abril 2026 — apertura del borrador y la presentación telemática.
  • 7 mayo 2026 — atención telefónica con cita previa.
  • 3 junio 2026 — atención presencial en oficinas.
  • 25 junio 2026 — último día si te sale a pagar y domicilias el pago.
  • 30 junio 2026 — fin del plazo general.

Si eres autónomo, además de IRPF tendrás que pagar la cuota mensual a la Seguridad Social y declarar tus ingresos trimestralmente. Consulta cuándo puedes emitir factura sin IVA para ahorrar tiempo y dinero. Si tienes deducciones por familia o donaciones, revisa la guía completa de deducciones IRPF para no perderte ninguna.

Preguntas frecuentes sobre la calculadora de IRPF

¿La calculadora incluye las deducciones autonómicas?
No. Aplica los tramos estatales + autonómicos genéricos pero no incluye deducciones específicas de cada CCAA (vivienda habitual, alquiler joven, donaciones, libros, etc.). Para un cálculo definitivo usa el Renta WEB de la Agencia Tributaria que sí incorpora tu autonomía.
¿Estoy obligado a presentar la declaración de la renta?
Estás obligado si ganas más de 22.000 € de un solo pagador o más de 15.876 € si tienes dos pagadores y el segundo te paga más de 1.500 € al año. También están obligados todos los autónomos que hayan obtenido cualquier rendimiento de actividades económicas, sea cual sea su cuantía.
¿Qué pasa si me sale a devolver?
Hacienda tiene hasta el 31 de diciembre para devolverte. Si pasa esa fecha sin pagarte, te debe los intereses de demora (4 % anual en 2026). El abono se hace en la cuenta que indiques en el borrador o, en su defecto, en la que cobras tu nómina.
¿Es obligatorio domiciliar el pago si me sale a pagar?
No, puedes pagar con cargo en cuenta puntual el último día del plazo. Pero si domicilias, ganas 5 días de margen (hasta el 25 de junio) y puedes elegir fraccionar en dos plazos: 60 % en junio y 40 % en noviembre.
¿Qué pasa si presento la declaración fuera de plazo?
Si te sale a pagar y presentas tarde sin requerimiento previo de Hacienda, pagas un recargo del 1 % por mes (máximo 12 %) más intereses si supera el año. Si es Hacienda quien te requiere, la sanción es del 50 % al 150 % de la cuota dejada de ingresar, según la gravedad.

¿Tu situación es compleja?

Si tienes varias fuentes de ingresos, vendiste un inmueble, eres autónomo o tienes hijos con discapacidad reconocida, consulta con un asesor fiscal colegiado antes de presentar la declaración.