Calculadora de cuota de autónomo 2026

Calcula al instante la cuota mensual de autónomo que pagarás a la Seguridad Social en 2026 según tus rendimientos netos. La calculadora aplica la escala de 15 tramos del sistema de cotización por ingresos reales establecido por el RD-Ley 13/2022 y vigente desde 2023.

Calculadora de cuota de autónomo 2026

Estima tu cuota mensual a la Seguridad Social en función de tus rendimientos netos según el sistema de cotización por ingresos reales (RD-Ley 13/2022).

⚠ Estimación orientativa. Esta calculadora aplica las normas vigentes de forma simplificada. El cálculo real puede variar según tu situación concreta (CCAA, jurisprudencia aplicable, deducciones individuales, etc.). Consulta con un profesional colegiado antes de tomar decisiones legales o económicas basadas en estos números.

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Sistema de cotización por ingresos reales

Desde el 1 de enero de 2023, la cuota de los autónomos no se elige libremente: depende del rendimiento neto real declarado a Hacienda. La TGSS ofrece 15 tramos de cotización y a final de año regulariza la cuota: si has ganado más de lo previsto, ingresas la diferencia; si has ganado menos, te devuelven.

Tarifa plana del primer año

Si te das de alta por primera vez como autónomo (o si han pasado más de 2 años desde tu última alta), pagarás una tarifa plana de 87 € al mes durante los primeros 12 meses, independientemente de lo que ganes. Después se aplica la tabla normal. Si tu rendimiento sigue siendo inferior al SMI tras ese año, puedes solicitar una prórroga de otros 12 meses con la misma cuota reducida.

Conceptos incluidos en la cuota

  • Contingencias comunes — base para futura pensión, baja por enfermedad, maternidad/paternidad.
  • Contingencias profesionales — accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.
  • Cese de actividad — el «paro del autónomo» (+13 €/mes orientativo).
  • Formación profesional — incluida desde 2023.

Obligaciones fiscales del autónomo

Además de la cuota a la Seguridad Social, como autónomo tendrás que cumplir con Hacienda. Aprende cuándo puedes emitir factura sin IVA en operaciones exentas, calcula tu IRPF anual con nuestra calculadora dedicada y revisa cómo tramitar la baja de autónomo cuando cierres la actividad.

Preguntas frecuentes sobre la cuota de autónomo

¿Cómo calculo mis rendimientos netos mensuales?
Suma los ingresos del año, resta los gastos deducibles (alquiler de local, suministros, asesoría, material, dietas, kilometraje) y divide entre 12. Si trabajas en sociedad mercantil, suma también los rendimientos del trabajo derivados de la sociedad. El resultado es la base sobre la que cotizar.
¿Puedo cambiar de tramo durante el año?
Sí, hasta 6 veces al año. La TGSS te permite comunicar cambios al alza o a la baja cada 2 meses (efectos los días 1 marzo, 1 mayo, 1 julio, 1 septiembre, 1 noviembre y 1 enero). Útil si tu actividad fluctúa mucho mes a mes.
¿Qué pasa en la regularización anual?
Tras la declaración de la renta, Hacienda comunica tus rendimientos reales a la TGSS. Si has cotizado por un tramo inferior al que correspondía, tendrás que ingresar la diferencia en uno o dos pagos. Si has cotizado de más, te devuelven en los 4 meses siguientes.
¿Tengo derecho a la tarifa plana si fui autónomo hace años?
Sí, si han pasado al menos 2 años desde tu última baja. Si fuiste autónomo hace 3 o más años, te aplica la tarifa de 87 €/mes durante los primeros 12 meses como si fuese tu primera alta.
¿Puedo solicitar el paro como autónomo?
Sí, mediante la prestación por cese de actividad, siempre que hayas cotizado al menos 12 meses por esta contingencia y acredites una causa de cese (pérdidas continuadas, ejecuciones judiciales, fuerza mayor, divorcio si tu cónyuge era socio, etc.). La cuantía es el 70 % de la base reguladora durante 4-24 meses.

¿Vas a darte de alta como autónomo?

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