Sanciones por conducir bajo los efectos del alcohol y recursos posibles

Equipo editorial CentroLegal·Publicado: 19 de abril de 2026·Revisado: 19 de abril de 2026·⏱ 16 min de lectura·Multas y Sanciones Respuesta rápida 🔹 Límites legales: 0,25 mg/l en aire espirado para conductores en general y 0,15 mg/l para profesionales y noveles…

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Respuesta rápida

  • 🔹 Límites legales: 0,25 mg/l en aire espirado para conductores en general y 0,15 mg/l para profesionales y noveles (Ley de Seguridad Vial y Reglamento General de Circulación).
  • 🔹 Multas administrativas: 500 € si das entre 0,25 y 0,50 mg/l (0,15–0,30 mg/l profesionales/noveles) y 1.000 € si superas 0,50 mg/l o eres reincidente en el último año.
  • 🔹 Puntos y carnet: pérdida de 4 o 6 puntos; si hay delito o llegas a 0 puntos, puedes quedarte sin carnet de 6 meses a 4 años.

Lee la guía completa abajo para el detalle.

Que te paren en un control y te hablen de alcoholemia, puntos y juicios rápidos asusta, pero entender bien las sanciones por conducir bajo los efectos del alcohol y recursos posibles marca la diferencia entre pagar de más, perder el carnet… o salvar la situación.

¿Qué tasas de alcohol están permitidas y cómo se miden?

¿Te han parado en un control y no sabes si la tasa que te ha salido es sancionable o no? Lo primero es tener claro qué límite se te aplica y cómo debe hacerse la prueba para que la sanción sea válida.

En España, las tasas máximas en aire espirado son:
0,25 mg/l para conductores en general.
0,15 mg/l para profesionales (transporte, mercancías peligrosas, etc.) y noveles (permiso con menos de 2 años).

Estas cifras derivan del Reglamento General de Circulación y del Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial (Ley de Seguridad Vial), disponible en el BOE.

La medición habitual se hace con un etilómetro evidencial homologado. Deben realizarte dos pruebas de aire espirado, con un intervalo mínimo de varios minutos entre ellas, y la tasa que cuenta es normalmente la más baja. Si solo hay una prueba o el intervalo no se respeta, hay margen para discutir la sanción.

Si no estás de acuerdo con el resultado, puedes pedir una prueba de contraste mediante análisis de sangre u otros fluidos. Si la tasa de sangre confirma la infracción, el coste lo asumes tú; si no, lo asume la Administración. Negarse a cualquier prueba puede ser delito (artículo 383 del Código Penal).

Consejo: pide siempre que te entreguen el boletín de denuncia y, si puedes, una copia o referencia del certificado de verificación del etilómetro. Sin calibrado en regla, el resultado puede ser impugnable.

A efectos penales, el Código Penal (artículo 379.2) fija un umbral objetivo de 0,60 mg/l en aire espirado. Por debajo de esa cifra también puede haber delito si el agente aprecia que conduces bajo la influencia del alcohol (conducción anómala, accidente, síntomas evidentes).


Sanciones administrativas y penales: multas, puntos y retirada del carnet

Cuando superas la tasa permitida, pueden aplicarte sanción administrativa, delito penal o ambas cosas (aunque no se duplican las multas por el mismo hecho). Lo que marca la diferencia son la tasa, tus antecedentes y si hay peligro real (accidente, conducción temeraria).

La regulación básica está en la Ley de Seguridad Vial y en el Código Penal, ambos accesibles en el Boletín Oficial del Estado, y en la información práctica de la sede electrónica de la DGT.

💰 Multas administrativas básicas (Ley de Seguridad Vial y cuadro sancionador DGT):

– Conductores en general:
• Entre 0,25 y 0,50 mg/l: multa de 500 € y 4 puntos.
• Más de 0,50 mg/l: multa de 1.000 € y 6 puntos.

– Profesionales y noveles:
• Entre 0,15 y 0,30 mg/l: multa de 500 € y 4 puntos.
• Más de 0,30 mg/l: en la práctica se aplica el tramo agravado: 1.000 € y 6 puntos.

Además, si en el último año ya fuiste sancionado por alcoholemia, la nueva infracción se agrava a 1.000 € aunque la tasa no supere 0,50 mg/l.

📉 Pérdida de puntos (Anexo II de la Ley de Seguridad Vial):

– Tramo básico (0,25–0,50 mg/l generales; 0,15–0,30 mg/l profesionales/noveles): 4 puntos.
– Tramo agravado (>0,50 mg/l o reincidencia): 6 puntos.
– Delito de alcoholemia (condena penal): también 6 puntos.

Si llegas a 0 puntos, la Jefatura de Tráfico inicia un expediente de pérdida de vigencia del permiso. No es inmediato el mismo día, pero en la práctica te quedas sin carnet durante 6 meses (12 meses si eres reincidente en pérdida de puntos), más la obligación de hacer un curso de sensibilización y volver a examinarte.

🚫 Retirada del carnet:

– En vía administrativa, por alcoholemia aislada, lo habitual es la inmovilización del vehículo y, en su caso, una suspensión temporal de hasta unos 3 meses en supuestos graves o acumulación de sanciones.
– En vía penal, el artículo 47 del Código Penal permite imponer la privación del derecho a conducir entre 1 y 4 años por delito de alcoholemia (artículo 379.2 CP).

⚖️ Delito de alcoholemia (artículo 379.2 CP):

  • Se configura cuando:
    • Conduces con tasa de ≥ 0,60 mg/l en aire espirado, o
    • Conduces bajo la influencia del alcohol, aunque la tasa sea menor (por ejemplo, 0,45 mg/l pero con accidente grave).
  • Penas posibles:
    Prisión de 3 a 6 meses, o
    Multa de 6 a 12 meses (sistema de días-multa, entre 2 y 400 € por día, según tu capacidad económica), o
    Trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días.
    Y siempre, además, retirada de carnet de 1 a 4 años.
Importante: la multa penal no tiene descuento del 50% por pronto pago. El descuento solo se aplica a las sanciones administrativas de tráfico.

📊 Tabla: tasas de alcohol permitidas y tramos sancionadores

Tipo de conductor Tasa máxima permitida (mg/l aire) Tramo sancionador administrativo (mg/l) Multa (EUR) Puntos Base legal
General 0,25 0,25–0,50 500 4 Ley de Seguridad Vial; RGC; cuadro DGT
General 0,25 >0,50 1.000 6 Ley de Seguridad Vial; cuadro DGT
Profesional/novel 0,15 0,15–0,30 500 4 LSV; RGC; cuadro DGT
Profesional/novel 0,15 >0,30 (práctica sancionadora) 1.000 6 LSV; cuadro DGT (agravación)
Cualquiera (penal) 0,25/0,15 ≥0,60 (o bajo influencia) Multa 6–12 meses (2–400 €/día) 6 Código Penal; Anexo II LSV

¿Cuándo y cómo recurrir una sanción por alcoholemia? Procedimiento y plazos clave

Si ya te ha llegado la notificación, el reloj está corriendo. Tienes que decidir rápido si pagas con descuento o si recurres. No se puede tener todo: si pagas con el 50% de reducción, renuncias a recurrir.

⏱️ Plazos clave (según Ley de Seguridad Vial, Ley 39/2015 y Ley 29/1998):

  • 20 días naturales desde la notificación de la denuncia o del acuerdo de incoación para:
    • Presentar alegaciones y proponer pruebas.
    • O pagar con 50% de descuento.
  • 1 mes desde la notificación de la resolución sancionadora para interponer recurso de reposición.
  • 2 meses desde la resolución firme para interponer recurso contencioso-administrativo ante el juzgado.
  • Prescripción de la infracción: 6 meses desde la fecha de los hechos.
  • Prescripción de la sanción: 1 año desde que la sanción es firme.
  • Caducidad del procedimiento: 1 año desde el acuerdo de incoación.

📊 Tabla: resumen de plazos en sanciones por alcoholemia

Actuación Plazo exacto Tipo de días Normativa aplicable
Alegaciones iniciales / pago con 50% descuento 20 días Naturales Ley de Seguridad Vial
Recurso de reposición 1 mes Hábiles Ley 39/2015
Recurso contencioso-administrativo 2 meses Hábiles Ley 29/1998
Prescripción de la infracción 6 meses Naturales Ley de Seguridad Vial
Prescripción de la sanción firme 1 año Naturales Ley de Seguridad Vial
Caducidad del procedimiento 1 año Naturales Ley de Seguridad Vial
Error frecuente: pagar con descuento «por si acaso» y luego querer recurrir. Una vez pagas con el 50% de reducción, la sanción es firme y no puedes presentar alegaciones ni recursos, salvo errores muy excepcionales.

Paso 1: revisar la notificación y las pruebas

Comprueba con calma:

  • Fecha y hora de los hechos.
  • Tasa de alcohol de cada prueba (deben constar las dos).
  • Tipo de conductor que figura (general, profesional, novel).
  • Matrícula y datos del vehículo.
  • Identificación del agente denunciante.
  • Indicación del etilómetro utilizado y, si consta, fecha de última verificación.

Si falta algún dato esencial o hay contradicciones (por ejemplo, dos tasas muy diferentes sin explicación), hay base para alegar.

Paso 2: presentar alegaciones (20 días naturales)

Se presentan ante la Jefatura Provincial de Tráfico que figure en la denuncia. Puedes hacerlo:

  • Presencialmente, en registro oficial (pidiendo cita previa).
  • Por correo administrativo (en una oficina de Correos, sobre abierto).
  • Electrónicamente, si estás obligado o tienes certificado digital, a través de la sede electrónica de la DGT o de la Administración competente.

En el escrito indica:

  1. Tus datos completos y número de expediente.
  2. Que presentas alegaciones frente a la denuncia por alcoholemia.
  3. Los motivos: errores en la notificación, dudas sobre el etilómetro, falta de segunda prueba, síntomas no descritos, prescripción, etc.
  4. Las pruebas que solicitas: certificado de verificación del etilómetro, declaración de testigos, copia íntegra del atestado si lo hubo.
Consejo: pide expresamente el certificado de verificación metrológica del etilómetro en la fecha de los hechos. Si el aparato no estaba dentro de plazo de calibración, la sanción puede anularse.

Paso 3: resolución, reposición y recurso contencioso

Tras tus alegaciones, la Administración puede:

  • Estimar y archivar el expediente.
  • Desestimar y dictar resolución sancionadora (indicando multa, puntos y plazos de pago).

Si desestiman, la resolución debe informar de:

  • Plazo de 1 mes para recurso de reposición (opcional).
  • Plazo de 2 meses para recurso contencioso-administrativo.

🔁 Recurso de reposición: se presenta ante el mismo órgano que dictó la resolución. Útil cuando:

  • No han contestado a todas tus alegaciones.
  • Han ignorado pruebas clave (por ejemplo, calibrado del etilómetro).
  • Hay errores claros de hecho o de derecho.

No suspende automáticamente la obligación de pagar, salvo que lo pidas y te lo concedan.

⚖️ Recurso contencioso-administrativo: si la vía administrativa se agota sin éxito, puedes acudir al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo. Aquí ya es muy recomendable ir con abogado y procurador.

En la demanda podrás volver a discutir:

  • La validez de la prueba de alcoholemia.
  • La correcta aplicación de la norma (tramo de multa, puntos, reincidencia).
  • Posibles vulneraciones de tus derechos (defensa, presunción de inocencia, etc.).

Puedes pedir la suspensión cautelar de la ejecución de la sanción (para evitar embargos mientras se resuelve), pero el juez valorará si hay apariencia de buen derecho y riesgo de perjuicios de difícil reparación.


Errores frecuentes al recurrir sanciones por alcoholemia

  • Error frecuente: No comprobar el intervalo entre pruebas de etilómetro.
    Consecuencia: Si no se respeta un intervalo razonable entre la primera y segunda prueba, puedes alegar nulidad de la sanción. Muchos conductores pagan sin revisar el acta.
  • Error frecuente: No solicitar prueba de contraste (análisis de sangre) cuando se duda del resultado.
    Consecuencia: Si no lo pides en el momento, pierdes la oportunidad de demostrar un posible error del etilómetro.
  • Error frecuente: Dejar pasar el plazo de 20 días para alegaciones o pronto pago.
    Consecuencia: Pierdes el derecho al descuento y la opción de recurrir en vía administrativa.
  • Error frecuente: No revisar la notificación: si llega por Dirección Electrónica Vial (DEV) y no accedes, se considera notificada a los 10 días.
    Consecuencia: El plazo empieza a contar aunque no la hayas leído.

¿Cuándo merece la pena recurrir con abogado y cuándo hacerlo por tu cuenta?

No todas las sanciones de alcoholemia justifican el coste de un abogado, pero en algunos casos ir solo es un error caro. La clave es valorar el riesgo real (pérdida de carnet, antecedentes penales, trabajo) frente al coste del procedimiento.

📋 Tabla: ¿puedes hacerlo tú o conviene abogado?

Situación ¿Puedes tú solo? ¿Conviene abogado?
Multa de 500 € con 4 puntos, sin antecedentes, tasa clara (0,40 mg/l) Sí, puedes valorar pagar con 50% o presentar alegaciones básicas No suele compensar salvo errores evidentes en la denuncia
Multa de 1.000 € con 6 puntos y riesgo de quedarte a 0 puntos Podrías alegar, pero el riesgo es alto Sí, recomendable para intentar salvar puntos o anular la sanción
Delito de alcoholemia (≥0,60 mg/l) con juicio rápido No es aconsejable ir sin defensa técnica Imprescindible abogado (de oficio o particular)
Conductor profesional que se juega el trabajo por retirada de carnet Muy arriesgado ir solo Muy recomendable abogado especializado en tráfico
Recurso contencioso-administrativo contra sanción firme No, necesitas abogado y procurador Obligatorio por ley

💡 Regla práctica:

  • Si la sanción es solo económica, no te deja sin carnet y la tasa está claramente dentro del tramo, suele compensar pagar con descuento.
  • Si la sanción implica pérdida de muchos puntos, posible pérdida de vigencia o afecta a tu trabajo, merece la pena que un abogado revise el expediente antes de decidir.

En el ámbito penal (delito de alcoholemia), siempre tendrás derecho a abogado de oficio si no designas uno. En los juicios rápidos por alcoholemia, muchas condenas se cierran en minutos con conformidad; un buen asesoramiento puede reducir la retirada de carnet o la multa.


Casos especiales: ¿qué pasa si…?

Situación Consecuencias ¿Qué hacer?
Reincidencia (segunda sanción por alcoholemia en 1 año) Multa de 1.000 € y 6 puntos, aunque la tasa sea «baja» (0,25–0,50 mg/l) Comprueba fechas exactas de sanciones anteriores y alega si no hay reincidencia real
Negativa a soplar Delito penal (art. 383 CP): pena de prisión de 6 meses a 1 año y retirada de carnet de 1 a 4 años Solo recurrible en vía penal; busca abogado penalista
Conductor extranjero Las sanciones se aplican igual; si no pagas, pueden inmovilizar el vehículo y exigir pago inmediato Solicita traducción de la denuncia y revisa legalidad de la notificación
Vehículo de empresa La sanción es personal al conductor, no a la empresa (salvo que no se identifique al conductor) La empresa debe identificar al conductor en plazo para evitar sanción adicional

Ejemplo práctico: recurso exitoso contra multa de alcoholemia

Caso real: Juan, 34 años, conductor general, es parado en un control un sábado a las 2:15. Primera prueba: 0,27 mg/l. Segunda prueba, 9 minutos después: 0,24 mg/l. El agente anota solo la primera tasa en el boletín y propone sanción de 500 € y 4 puntos. La notificación le llega por correo 3 semanas después.

👉 Análisis: Juan es conductor general (límite 0,25 mg/l). La segunda prueba (0,24 mg/l) está por debajo del límite. El boletín solo recoge la primera tasa, lo que ya es un defecto relevante.

👉 Alegaciones: dentro de los 20 días, Juan pide copia del atestado, registro de las dos pruebas y certificado de verificación del etilómetro. En el atestado constan las dos tasas (0,27 y 0,24 mg/l).

👉 Resultado: la Jefatura archiva el expediente porque la tasa válida debe ser la más baja, que no supera el límite. Juan no paga los 500 € ni pierde 4 puntos.

Error frecuente: si Juan hubiera pagado 250 € con el 50% de reducción, la sanción sería firme. Aunque después consiguiera el atestado demostrando la segunda tasa de 0,24 mg/l, revertir la sanción sería muy complicado.

Checklist rápida: ¿tiene sentido recurrir tu sanción por alcoholemia?

  • ¿La notificación es correcta (nombre, matrícula, fecha, hora)?
  • ¿Se realizaron dos pruebas con un intervalo razonable entre ellas?
  • ¿El etilómetro estaba homologado y consta número de serie en el acta?
  • ¿Te ofrecieron prueba de contraste (sangre/orina) y renunciaste por escrito?
  • ¿La tasa anotada es la menor de las dos pruebas?
  • ¿El agente describe síntomas de influencia (no solo tasa) si se habla de delito?
  • ¿Eres profesional o novel, y la tasa sancionada corresponde a tu límite?
  • ¿La notificación llegó en plazo y por el canal correcto (DEV, domicilio)?
Consejo: Si alguna respuesta es «no», puede haber base para recurrir. Adjunta pruebas (fotos, testigos, informes médicos) en tu escrito de alegaciones.

Mini comparativa: sanción administrativa vs. delito penal por alcoholemia

Concepto Sanción administrativa Delito penal
Tasa mínima sancionable 0,25 mg/l (general); 0,15 mg/l (profesional/novel) ≥0,60 mg/l o conducción «bajo la influencia»
Multa 500–1.000 € (fija, con pronto pago 50%) 6–12 meses de días-multa (cuota diaria 2–400 €)
Pérdida de puntos 4 o 6 puntos 6 puntos
Retirada de carnet Hasta 3 meses (inmovilización/suspensión administrativa) 1–4 años (pena accesoria obligatoria)
Antecedentes No genera antecedentes penales Sí, antecedentes penales
Recurso Reposición y contencioso-administrativo Recurso penal (apelación, revisión)

Si estás en esta situación, esto es lo importante

  • Te han notificado una multa y no sabes si pagar o recurrir: si tienes dudas sobre la legalidad de la prueba, revisa el acta detenidamente antes de pagar. Si pagas con descuento, renuncias a recurrir salvo error material.
  • Has perdido puntos y dependes del carnet para trabajar: revisa tu saldo en la DGT y valora hacer un curso de recuperación parcial de puntos (puedes recuperar hasta 6 puntos cada 2 años; 1 año si eres profesional).
  • Te han citado para juicio rápido penal: busca asesoría penal urgente. La conformidad puede reducir la pena, pero implica antecedentes penales y retirada de carnet.
  • Eres profesional o novel: tus límites son más bajos. Comprueba que la sanción se ajusta a tu caso concreto y que no te aplican por error el límite general.
  • La notificación llegó tarde o por canal incorrecto: puedes alegar indefensión si no se respetaron los plazos o la forma de notificar.
Qué debes hacer ahora si te han sancionado por alcoholemia

  • 1️⃣ Revisa la notificación: tasa, número de pruebas, fechas y datos del agente.
  • 2️⃣ Calcula tus plazos: anota el día exacto en que recibiste la notificación y suma 20 días naturales.
  • 3️⃣ Decide: o pagas con 50% de descuento (y cierras el tema) o recurres; no podrás hacer ambas cosas.
  • 4️⃣ Si la sanción te deja al borde de perder el carnet o afecta a tu trabajo, consulta con un abogado antes de pagar.
  • 5️⃣ Guarda todo: boletín, notificaciones, justificantes de pago y cualquier documento que pueda servir como prueba.

Nota de vigencia: Esta información se ha revisado conforme a la normativa y criterios administrativos disponibles en la fecha de publicación o última actualización del artículo. Algunos límites, importes o procedimientos pueden variar según el ejercicio, el caso concreto o la comunidad autónoma.

Preguntas frecuentes

🎯 ¿Qué hacer ahora?

Si necesitas resolver tu caso ahora mismo, estos son los siguientes pasos prácticos:

¿Qué pasa si supero la tasa permitida de alcohol pero no soy reincidente?

Si superas entre 0,25 y 0,50 mg/l en aire espirado (0,15–0,30 mg/l para profesionales y noveles) y no eres reincidente, te enfrentas a una multa administrativa de 500 euros y la pérdida de 4 puntos del carnet. Si superas 0,50 mg/l, la multa sube a 1.000 euros y pierdes 6 puntos, aunque no seas reincidente.

¿Puedo recurrir una multa por alcoholemia si no estoy de acuerdo con la prueba?

Sí, puedes recurrir alegando defectos en el procedimiento, como falta de dos pruebas válidas, ausencia de oferta de prueba de contraste o falta de certificado de calibración del etilómetro. También puedes solicitar una prueba de contraste (análisis de sangre) en el momento del control, pero si confirma la infracción, asumirás el coste. El plazo para presentar alegaciones es de 20 días naturales desde la notificación.

¿Cuánto tiempo tarda en resolverse un recurso administrativo por alcoholemia?

Depende del tipo de recurso. Las alegaciones iniciales suelen resolverse en unos meses. El recurso de reposición debe resolverse en un máximo de un mes desde su presentación según la Ley 39/2015. Si no te notifican la resolución en ese plazo, se entiende desestimado por silencio administrativo y puedes acudir a la vía contencioso-administrativa, para la que tienes un plazo de 2 meses para interponer demanda.

¿Cuánto cuesta contratar un abogado para recurrir una multa por alcoholemia?

Contratar un abogado para recurrir una multa por alcoholemia suele costar entre 300 y 1.200 euros, según la complejidad del caso, la fase en la que se intervenga (solo alegaciones, reposición, contencioso o procedimiento penal) y la experiencia del profesional. Pregunta siempre por escrito qué incluye el presupuesto.

¿Merece la pena recurrir la multa yo mismo o es mejor contratar un abogado?

Si la sanción es clara, no te deja sin carnet y no aprecias defectos en la prueba, recurrir por tu cuenta o incluso pagar con descuento suele ser suficiente y económico. Sin embargo, si hay dudas técnicas, antecedentes, riesgo de quedarte a 0 puntos o procedimiento penal, un abogado especializado aumenta las posibilidades de éxito y evita errores formales que pueden invalidar el recurso.

¿Se puede evitar la pérdida de puntos pagando la multa rápido?

No. La reducción del 50% por pronto pago solo aplica al importe económico de la multa, no a la pérdida de puntos. La retirada de puntos es automática y obligatoria según la infracción cometida, independientemente de cuándo pagues o de si aceptas el descuento.

¿Qué pasa si no pago la multa por alcoholemia o no recurro en plazo?

Si no pagas ni recurres en el plazo de 20 días, pierdes el derecho al descuento del 50% y la sanción se vuelve firme. La Administración podrá iniciar el procedimiento de apremio, con recargos e incluso embargo de cuentas o devoluciones de la Agencia Tributaria. Además, la pérdida de puntos se aplicará igualmente y, si acumulas sanciones graves, puedes acabar con la retirada del carnet.

Advertencia Legal

Esta información tiene carácter puramente informativo y no constituye asesoramiento legal personalizado. Las leyes pueden variar según la Comunidad Autónoma. Le recomendamos consultar con un abogado colegiado antes de tomar decisiones basadas en este contenido.