- Las cuantías base de las multas de tráfico son iguales en toda España: hasta 100 € las leves, 200 € las graves y 500 € las muy graves, según el texto refundido de la Ley de Tráfico (Real Decreto Legislativo 6/2015).
- Cataluña, País Vasco y Navarra gestionan sus propias multas en la mayoría de vías interurbanas, pero aplican las mismas cuantías base estatales.
- El descuento por pronto pago es del 50% si pagas en los primeros 20 días naturales desde la notificación, en todas las comunidades autónomas.
Lee la guía completa abajo para el detalle.
¿Te han multado fuera de tu comunidad y temes que te salga más caro solo por el lugar? La comparativa de multas de tráfico según la comunidad autónoma en España demuestra que el importe base es prácticamente idéntico en todo el país: lo que cambia de verdad es quién te sanciona, cómo te notifican y dónde puedes pagar o recurrir.
Comparativa detallada de cuantías de multas por tipo de infracción y comunidad autónoma
¿Te preocupa que por cometer la misma infracción pagues más en una comunidad que en otra? La duda es lógica, pero en la práctica las diferencias en importes son mucho menores de lo que se suele creer.
La Ley de Tráfico estatal (Real Decreto Legislativo 6/2015, disponible en boe.es) fija las cuantías base mínimas para todo el país. A 21-04-2026, las referencias generales son:
- Infracción leve: hasta 100 euros.
- Infracción grave: 200 euros.
- Infracción muy grave: 500 euros.
Además, para infracciones concretas, la propia ley marca importes cerrados, que se aplican igual en todas las comunidades:
- Uso de teléfono móvil manual al volante: 200 euros y 6 puntos.
- No usar cinturón, SRI o casco: 200 euros y 4 puntos.
- Saltarse un semáforo en rojo: 200 euros y 4 puntos.
- Alcohol entre 0,25 y 0,50 mg/l (no profesionales): 500 euros y 6 puntos.
- Alcohol > 0,50 mg/l (no profesionales): 1000 euros y 6 puntos.
- Drogas (vía administrativa): 1000 euros y 6 puntos.
- Conducir sin permiso nunca obtenido: 500 euros.
- ITV caducada: 200 euros.
- Sin seguro obligatorio: entre 601 y 3005 euros (según tipo de vehículo y circunstancias, regulado por el texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor, Real Decreto Legislativo 8/2004).
Estas cuantías se aplican igual en Andalucía, Madrid, Cataluña o País Vasco. Las comunidades autónomas, incluso las que tienen competencias ejecutivas (Cataluña, País Vasco, Navarra), no pueden rebajar ni subir estas cuantías base para las infracciones tipificadas en la Ley de Tráfico.
| Comunidad Autónoma | Infracciones leves (cuantía base) | Infracciones graves (cuantía base) | Infracciones muy graves (cuantía base) | Descuento pronto pago |
|---|---|---|---|---|
| Andalucía | Hasta 100 € | 200 € | 500 € | 50% en 20 días naturales |
| Aragón | Hasta 100 € | 200 € | 500 € | 50% en 20 días naturales |
| Asturias | Hasta 100 € | 200 € | 500 € | 50% en 20 días naturales |
| Illes Balears | Hasta 100 € | 200 € | 500 € | 50% en 20 días naturales |
| Canarias | Hasta 100 € | 200 € | 500 € | 50% en 20 días naturales |
| Cantabria | Hasta 100 € | 200 € | 500 € | 50% en 20 días naturales |
| Castilla y León | Hasta 100 € | 200 € | 500 € | 50% en 20 días naturales |
| Castilla-La Mancha | Hasta 100 € | 200 € | 500 € | 50% en 20 días naturales |
| Cataluña | Hasta 100 € | 200 € | 500 € | 50% en 20 días naturales |
| Comunidad Valenciana | Hasta 100 € | 200 € | 500 € | 50% en 20 días naturales |
| Extremadura | Hasta 100 € | 200 € | 500 € | 50% en 20 días naturales |
| Galicia | Hasta 100 € | 200 € | 500 € | 50% en 20 días naturales |
| La Rioja | Hasta 100 € | 200 € | 500 € | 50% en 20 días naturales |
| Comunidad de Madrid | Hasta 100 € | 200 € | 500 € | 50% en 20 días naturales |
| Región de Murcia | Hasta 100 € | 200 € | 500 € | 50% en 20 días naturales |
| Navarra | Hasta 100 € | 200 € | 500 € | 50% en 20 días naturales |
| País Vasco | Hasta 100 € | 200 € | 500 € | 50% en 20 días naturales |
| Ceuta | Hasta 100 € | 200 € | 500 € | 50% en 20 días naturales |
| Melilla | Hasta 100 € | 200 € | 500 € | 50% en 20 días naturales |
Órganos sancionadores y competencias según comunidad autónoma y tipo de vía
¿No sabes si tu multa viene de la DGT, de la comunidad autónoma o del ayuntamiento? Entender quién manda en cada vía es clave para saber dónde recurrir y cómo pagar.
Regla básica: la Ley de Tráfico es estatal, pero la potestad sancionadora se reparte. La DGT gestiona la mayoría de multas en vías interurbanas, salvo en Cataluña, País Vasco y Navarra, donde las competencias ejecutivas se han transferido mediante reales decretos de traspaso y normativa foral.
| Comunidad Autónoma | Vías interurbanas y travesías | Vías urbanas (casco urbano) | Observaciones |
|---|---|---|---|
| Andalucía | DGT (Jefaturas Provinciales de Tráfico) | Ayuntamientos | La mayoría de radares fijos en autovías/autopistas los gestiona la DGT. |
| Aragón | DGT | Ayuntamientos | Multas urbanas: policía local y ordenanzas municipales. |
| Asturias | DGT | Ayuntamientos | Oviedo, Gijón y Avilés tienen sistemas propios de gestión de sanciones urbanas. |
| Illes Balears | DGT | Ayuntamientos | En islas pequeñas, muchas gestiones se canalizan vía ayuntamientos o consells. |
| Canarias | DGT | Ayuntamientos | Cabildos insulares pueden intervenir en gestión de determinadas vías. |
| Cantabria | DGT | Ayuntamientos | Régimen estándar DGT + municipios. |
| Castilla y León | DGT | Ayuntamientos | Gran peso de la Guardia Civil de Tráfico en carreteras interurbanas. |
| Castilla-La Mancha | DGT | Ayuntamientos | Procedimiento sancionador típico DGT en interurbanas. |
| Cataluña | Servei Català de Trànsit (Generalitat) | Ayuntamientos | Competencia ejecutiva de tráfico transferida a la Generalitat. |
| Comunidad Valenciana | DGT | Ayuntamientos | Valencia, Alicante y Castellón tienen plataformas propias para multas urbanas. |
| Extremadura | DGT | Ayuntamientos | Régimen estándar DGT + municipios. |
| Galicia | DGT | Ayuntamientos | Algunas ciudades usan consorcios o empresas públicas para gestionar sanciones. |
| La Rioja | DGT | Ayuntamientos | Competencias de tráfico no transferidas a la comunidad. |
| Comunidad de Madrid | DGT | Ayuntamientos | Madrid capital tiene un sistema muy específico (multas de ZBE, SER, etc.). |
| Región de Murcia | DGT | Ayuntamientos | Régimen estándar DGT + municipios. |
| Navarra | Gobierno de Navarra / Policía Foral | Ayuntamientos | Competencia ejecutiva foral en tráfico. |
| País Vasco | Gobierno Vasco / Ertzaintza | Ayuntamientos | Competencia ejecutiva transferida. Diputaciones y policías locales también intervienen. |
| Ceuta | DGT | Ciudad Autónoma | La Ciudad Autónoma ejerce funciones municipales. |
| Melilla | DGT | Ciudad Autónoma | Modelo similar a Ceuta. |
Cómo consultar y pagar una multa según la comunidad autónoma: procedimiento paso a paso
¿Te ha llegado una carta y no sabes ni por dónde empezar? El procedimiento básico es el mismo en toda España, pero cambia la web y, a veces, el detalle del trámite según quién sancione.
1. Consulta online por matrícula o DNI
Primer objetivo: confirmar si la multa es real, su importe y en qué fase está.
- Multas DGT (mayoría de comunidades): consulta en la Sede Electrónica de la DGT, en el Tablón Edictal Único (TEU) y en el sistema TESTRA, accesibles desde sede.dgt.gob.es. Puedes buscar por matrícula o por DNI/NIE con certificado digital, Cl@ve o referencia.
- Cataluña: consulta en la web del Servei Català de Trànsit, a través del canal de tràmits de la Generalitat.
- País Vasco: consulta en la sede electrónica del Gobierno Vasco (Trafikoa) o en las diputaciones forales, según quién figure como órgano sancionador en la denuncia.
- Navarra: consulta en la sede electrónica del Gobierno de Navarra (trámites de tráfico y Policía Foral) o en la web del ayuntamiento si es urbana.
2. Identificación del órgano competente
En la cabecera de la denuncia o de la notificación verás quién sanciona. Esto marca todo el procedimiento posterior.
- Si pone “Jefatura Provincial de Tráfico” o “Dirección General de Tráfico”: es una multa DGT. Se gestiona por la Sede Electrónica de la DGT o en las jefaturas.
- Si pone “Servei Català de Trànsit” o “Generalitat de Catalunya”: es competencia de la Generalitat.
- Si pone “Gobierno Vasco”, “Dirección de Tráfico del Gobierno Vasco” o similar: es competencia del País Vasco.
- Si pone “Gobierno de Navarra” o “Policía Foral de Navarra”: es competencia de Navarra.
- Si aparece un ayuntamiento: la sanción la tramita el propio municipio, con su propia ordenanza y sede electrónica.
3. Pago online o presencial
Una vez identificada la multa, tienes dos caminos: pagar con descuento o presentar alegaciones. El pago anticipado implica renunciar al recurso administrativo ordinario en la mayoría de casos.
- Plazo de pronto pago: 20 días naturales desde la notificación para obtener el 50% de descuento (según la Ley de Tráfico).
- Pago DGT: por internet (Sede DGT), teléfono 060, cajeros de entidades colaboradoras o en oficinas de Correos y bancos autorizados.
- Pago Cataluña: a través del portal de la Generalitat (canal de tràmits), banca online colaboradora o entidades financieras indicadas en la carta.
- Pago País Vasco: mediante la sede electrónica del Gobierno Vasco o de la diputación, con tarjeta o banca electrónica.
- Pago Navarra: en la sede electrónica del Gobierno de Navarra, entidades colaboradoras o según instrucciones de la notificación.
- Pago multas municipales: cada ayuntamiento fija sus canales: web municipal, app, cajeros, oficinas de recaudación, etc.
4. Descuentos y plazos clave
- 20 días naturales desde la notificación: plazo para pronto pago con 50% de descuento o para presentar alegaciones iniciales.
- 3 meses para que prescriban las infracciones leves si no se inicia el procedimiento sancionador.
- 6 meses para que prescriban las infracciones graves y muy graves si no se inicia el procedimiento.
- 1 año para que caduque el procedimiento sancionador desde su inicio si la administración no resuelve.
- 1 mes para interponer recurso de reposición contra la resolución sancionadora firme.
- 2 meses para interponer recurso contencioso-administrativo ante los juzgados, desde la notificación de la resolución administrativa firme.
Particularidades y casos especiales en comunidades con competencias ejecutivas: Cataluña, País Vasco y Navarra
Si te multan en Cataluña, País Vasco o Navarra, el procedimiento se parece al de la DGT, pero con matices que pueden jugar a tu favor o en tu contra si no los conoces.
Cataluña
En Cataluña, el Servei Català de Trànsit gestiona las multas en la mayoría de vías interurbanas y travesías. Mossos d’Esquadra suele ser el cuerpo denunciante. Las cuantías son las mismas que marca la Ley de Tráfico, pero:
- Las notificaciones pueden llegar con el membrete de la Generalitat y referencias propias de expediente.
- Los recursos se presentan ante el órgano que indique la resolución, normalmente a través del portal de trámites de la Generalitat.
- La lengua de la notificación puede ser catalán, castellano o bilingüe. Puedes pedir que te notifiquen en la otra lengua oficial si lo prefieres.
País Vasco
En el País Vasco, la competencia ejecutiva de tráfico está en manos del Gobierno Vasco, con participación de la Ertzaintza y, en algunos casos, de las diputaciones forales. De nuevo, las cuantías son las estatales, pero:
- Las notificaciones pueden llegar desde el Gobierno Vasco o desde una diputación foral.
- El idioma puede ser euskera, castellano o bilingüe. Tienes derecho a elegir lengua de relación.
- Los recursos se tramitan por la sede electrónica vasca o foral, no por la DGT.
Navarra
Navarra tiene un régimen foral propio que le permite ejercer competencias ejecutivas en materia de tráfico. La Policía Foral y otros cuerpos actúan como denunciantes. Particularidades:
- La notificación puede llegar como “Gobierno de Navarra – Policía Foral”.
- La tramitación y el pago se realizan por la sede electrónica del Gobierno de Navarra.
- En carreteras locales o urbanas, pueden intervenir también ayuntamientos con sus propias ordenanzas.
Errores frecuentes al comparar multas por comunidad autónoma
Casos especiales: multas urbanas y ordenanzas municipales
En vías urbanas (dentro de ciudad), los ayuntamientos pueden fijar importes propios para infracciones de su competencia, especialmente en:
- Estacionamiento indebido (zona azul, carga y descarga, vados, etc.).
- Zonas de bajas emisiones (ZBE) y restricciones ambientales.
Estos importes pueden variar incluso entre municipios de la misma comunidad autónoma. Por ejemplo:
| Ciudad | Estacionar en zona azul sin ticket | Acceso no autorizado a ZBE |
|---|---|---|
| Madrid | 90 € | 200 € |
| Barcelona | 100 € | 200 € |
| Valencia | 80 € | 200 € |
En estos casos, consulta siempre la ordenanza local. El descuento por pronto pago (50%) suele aplicarse también, pero revisa la notificación.
Mini comparativa: diferencias prácticas en la tramitación
| Comunidad | Gestión de multas interurbanas | Web de consulta/pago | Notificación electrónica |
|---|---|---|---|
| Andalucía (DGT) | DGT | www.dgt.es | Dirección Electrónica Vial (DEV) |
| Cataluña | SCT | tramits.gencat.cat | eNotum, DEV |
| País Vasco | Trafikoa | trafikoa.euskadi.eus | DEV, sistemas propios |
| Navarra | Policía Foral | navarra.es | DEV, sistemas propios |
En todos los casos, la cuantía base es la misma, pero la gestión y los canales de recurso/pago pueden variar.
¿Gestionar la multa tú mismo o consultar a un abogado?
No todas las multas justifican pagar a un abogado, pero hay situaciones en las que compensa claramente. Esta tabla te ayuda a decidir con criterio.
| Situación | ¿Puedes gestionarlo tú solo? | ¿Cuándo conviene abogado? |
|---|---|---|
| Multa leve o grave de 100-200 € sin pérdida de puntos (por ejemplo, estacionamiento o ITV caducada) | Sí, normalmente basta con pagar con descuento o presentar alegaciones sencillas si hay un error evidente (matrícula incorrecta, vehículo vendido, etc.). | Solo si hay un error grave de identificación o si acumulas muchas sanciones similares y necesitas una estrategia global. |
| Multa con pérdida de 4-6 puntos (móvil, cinturón, semáforo en rojo, alcohol o drogas) | Puedes presentar alegaciones básicas, pero debes conocer bien los plazos y la prueba (fotos, atestados, calibración de etilómetros, etc.). | Recomendable si ya has perdido puntos antes, si te arriesgas a quedarte sin carnet o si dudas de la fiabilidad de la prueba (etilómetro, drogotest, radar). |
| Multas de 500-1000 € (alcohol, drogas, sin permiso, sin seguro) | Es posible gestionarlo, pero el impacto económico y en puntos es alto. Un error de trámite puede salir caro. | Muy aconsejable, sobre todo si hay riesgo de procedimiento penal paralelo o si la sanción pone en riesgo tu trabajo (profesionales del transporte). |
| Acumulación de sanciones en distintas comunidades (por ejemplo, DGT + Cataluña + País Vasco) | Puedes intentar gestionarlas, pero es fácil liarse con órganos, plazos y recursos distintos. | Recomendable para coordinar plazos, evitar prescripciones perdidas y plantear recursos coherentes en varios expedientes. |
| Recurso contencioso-administrativo ante los juzgados | Técnicamente podrías, pero requiere conocer bien la jurisdicción contencioso-administrativa. | Prácticamente imprescindible contar con abogado y, en su caso, procurador. |
Checklist: qué debes revisar según tu comunidad
- ¿La infracción fue en vía interurbana, travesía o casco urbano?
- ¿Quién firma la notificación? (DGT, Servei Català de Trànsit, Trafikoa, Policía Foral, ayuntamiento…)
- ¿La multa es por infracción de circulación (Ley de Tráfico) o por ordenanza municipal (estacionamiento, ZBE)?
- ¿Dónde puedes pagar o recurrir? (web de la DGT, SCT, Trafikoa, sede electrónica municipal…)
- ¿El plazo de pronto pago y alegaciones está claramente indicado?
- ¿La cuantía coincide con los 100/200/500 € o con lo previsto en la ordenanza local?
Pasos accionables para comparar y recurrir correctamente
- Identifica el órgano sancionador (DGT, SCT, Trafikoa, Gobierno de Navarra, ayuntamiento…).
- Comprueba la cuantía base en la notificación y compárala con la tabla oficial (100/200/500 €) o con la ordenanza municipal si es estacionamiento/ZBE.
- Localiza la web oficial de consulta y pago (sede.dgt.gob.es, tramits.gencat.cat, trafikoa.euskadi.eus, navarra.es o la sede municipal).
- Revisa el plazo de pronto pago y de alegaciones (20 días naturales desde la notificación).
- Decide: o pagas con descuento y cierras el tema, o presentas alegaciones bien fundamentadas asumiendo que pierdes el 50%.
- Si recurres, hazlo por el canal indicado en la notificación y guarda siempre el acuse de recibo.
- Si detectas errores de identificación, plazos dudosos o sanciones muy elevadas, valora consultar a un profesional antes de que venza el plazo.
Si estás en esta situación, esto es lo importante
- Te han multado fuera de tu comunidad: la cuantía es la misma que en tu comunidad. Lo relevante es identificar bien el organismo y la web de pago/recurso.
- La multa es del ayuntamiento y no entiendes el importe: consulta la ordenanza municipal en la web del consistorio. Si el importe parece desproporcionado, pide que te indiquen la base legal concreta.
- No sabes dónde recurrir: mira el encabezado de la notificación. Si sigues con dudas, contacta con el órgano sancionador o con un abogado especializado en tráfico.
Preguntas frecuentes
🎯 ¿Qué hacer ahora?
Si necesitas resolver tu caso ahora mismo, estos son los siguientes pasos prácticos:
¿Pueden las comunidades autónomas modificar las cuantías base de las multas de tráfico?▸
No. Las cuantías base están fijadas por la Ley de Tráfico estatal y son uniformes en toda España: hasta 100 € para leves, 200 € para graves y 500 € para muy graves. Las comunidades con competencias ejecutivas solo gestionan y tramitan las multas, pero no pueden cambiar los importes.
¿Dónde puedo consultar oficialmente mis multas de tráfico?▸
Si la multa es de la DGT, puedes consultarla en la Sede Electrónica de la DGT y en el Tablón Edictal Único (TEU). En Cataluña, País Vasco y Navarra, debes usar las sedes electrónicas de la Generalitat, del Gobierno Vasco o del Gobierno de Navarra. Para multas urbanas, la referencia es la sede electrónica del ayuntamiento correspondiente.
¿Cuánto tiempo tengo para pagar una multa con descuento por pronto pago?▸
En todas las comunidades autónomas, tienes 20 días naturales desde la notificación para pagar con un 50% de descuento. Pasado ese plazo, se pierde el descuento y la multa se debe abonar por su importe completo, salvo que prospere un recurso.
¿Qué pasa si no pago una multa de tráfico en el plazo establecido?▸
Si no pagas en plazo ni recurres, se pierde el derecho al descuento y la multa entra en vía ejecutiva. Hacienda o el órgano de recaudación competente podrán aplicar recargos, intereses y, en último término, embargos sobre cuentas o devoluciones de la renta, conforme a la normativa de recaudación de la AEAT.
¿Merece la pena recurrir una multa de tráfico por mi cuenta o contratar un abogado?▸
Para multas claras, de cuantía moderada y sin pérdida de puntos, suele bastar con gestionarlo tú mismo: pagar con descuento o presentar alegaciones sencillas. Si la sanción implica muchos puntos, importes altos o dudas sobre la prueba (radar, alcohol, drogas), un abogado especializado aumenta las opciones de éxito y evita errores formales.
¿Cómo saber qué órgano sanciona mi multa según la comunidad autónoma y la vía?▸
Depende de la vía y la comunidad. En la mayoría de carreteras interurbanas, sanciona la DGT. En Cataluña, País Vasco y Navarra, las multas interurbanas las gestionan sus organismos autonómicos. En casco urbano, casi siempre sanciona el ayuntamiento. El encabezado de la notificación indica claramente el órgano sancionador.
¿Las multas de tráfico prescriben igual en todas las comunidades autónomas?▸
Sí. Los plazos de prescripción y caducidad vienen fijados por la Ley de Tráfico y se aplican en todo el territorio nacional: 3 meses para infracciones leves, 6 meses para graves y muy graves si no se inicia el procedimiento, y 1 año para que caduque el expediente desde su inicio si no se resuelve.
Para contrastar cualquier duda jurídica concreta, puedes acudir directamente al texto refundido de la Ley de Tráfico en boe.es y a la Sede Electrónica de la DGT en sede.dgt.gob.es, que son las referencias oficiales a nivel estatal.