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Cómo Tributar Herencias en la Declaración de la Renta: Guía Definitiva (2026)

Si has recibido una herencia y te preguntas cómo tributar herencias en la declaración de la renta, lo primero es entender que heredar y hacer la renta son dos momentos fiscales distintos. La herencia se liquida por el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, mientras que el IRPF solo entra en juego cuando los bienes heredados generan rentas (alquileres, intereses, dividendos) o plusvalías al venderlos.


Diferencias entre el Impuesto de Sucesiones y el IRPF en la tributación de herencias

Cuando te preguntas cómo tributar herencias en la declaración de la renta, lo primero es separar claramente dos impuestos distintos: el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD) y el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).

Proceso de declarar herencias en la renta - diagrama de flujo

La herencia en sí (la adquisición de bienes y derechos por fallecimiento de una persona) no tributa en el IRPF. Tributa por el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, regulado por la Ley 29/1987, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Esa ley establece que las adquisiciones mortis causa (herencias) se gravan por este impuesto autonómico, con sus propias tarifas, reducciones y bonificaciones.

Por el contrario, el IRPF, regulado por la Ley 35/2006 del IRPF, grava las rentas que obtienes cada año: trabajo, capital, actividades económicas y ganancias patrimoniales. Aquí es clave el artículo 33.3.b de la Ley 35/2006, que dice expresamente que no se computan como ganancias patrimoniales las que se pongan de manifiesto con ocasión de transmisiones lucrativas por causa de muerte del contribuyente.

Importante: La adquisición de la herencia (recibir dinero, un piso, acciones, etc.) no genera IRPF en el momento de heredar, pero sí puede generar IRPF después, cuando vendas o explotes esos bienes.

En la práctica, esto significa:

  • Momento 1: fallecimiento y adjudicación de la herencia. Tributas por ISD, no por IRPF. Debes presentar el impuesto de sucesiones en el plazo de 6 meses desde el fallecimiento (art. 67.1 del Reglamento del ISD, RD 1629/1991).
  • Momento 2: uso o venta de los bienes heredados. Aquí puede aparecer el IRPF: alquileres, dividendos, intereses o ganancias patrimoniales si vendes un inmueble, acciones u otros bienes heredados.

El ISD es un impuesto autonómico en cuanto a tarifas y bonificaciones, aunque la ley básica es estatal (Ley 29/1987). El IRPF es un impuesto estatal con ciertos elementos cedidos a las comunidades autónomas (mínimos personales, tipos autonómicos, etc.), pero la regla de no sujeción de las herencias en el IRPF es común para todo el territorio común.

En resumen:

  • ISD: grava la adquisición de la herencia (bienes y derechos) en el momento del fallecimiento.
  • IRPF: grava las rentas y plusvalías posteriores que generen esos bienes heredados (alquileres, intereses, dividendos, ventas con ganancia, etc.).

Además, en el caso de inmuebles urbanos, puede intervenir un tercer impuesto: la plusvalía municipal (Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana), regulado en los artículos 104 a 110 del Real Decreto Legislativo 2/2004. Este impuesto se devenga tanto en la herencia como, en su caso, en la posterior venta.

Consejo: Separa mentalmente tres momentos: 1) heredar (ISD), 2) tener el bien (posibles rentas anuales en IRPF) y 3) venderlo (ganancia patrimonial en IRPF y posible plusvalía municipal). Así evitarás confundir qué se declara en cada impuesto.

Desde el punto de vista del IRPF, la consecuencia práctica del artículo 33.3.b de la Ley 35/2006 es que la ganancia latente que tenía el causante (por ejemplo, un piso comprado barato hace años y que ahora vale mucho más) no tributa en tu IRPF al heredar. Solo tributarás por la ganancia que se genere desde el valor declarado en sucesiones hasta el valor de venta, cuando vendas.


Cuándo es obligatorio presentar la declaración de la renta tras recibir una herencia

Recibir una herencia no te obliga automáticamente a presentar la declaración de la renta. La obligación de declarar viene marcada por los límites de ingresos del IRPF, no por el hecho de heredar.

El artículo 96 de la Ley 35/2006 del IRPF establece, con carácter general, que no están obligados a declarar los contribuyentes que obtengan exclusivamente rendimientos del trabajo hasta un determinado límite, siempre que procedan de un solo pagador. Para el ejercicio 2024, el límite general que se aplica habitualmente es de 22.000 euros anuales de rendimientos del trabajo de un solo pagador (ejercicio 2024).

Esto significa que, si en el ejercicio 2024 solo tienes:

  • Rendimientos del trabajo de un solo pagador por importe igual o inferior a 22.000 euros anuales (ejercicio 2024), y
  • No obtienes otras rentas que obliguen a declarar (por ejemplo, ganancias patrimoniales importantes, rendimientos de capital mobiliario sujetos a retención por encima de ciertos límites, etc.),

no estarías obligado a presentar la declaración de la renta, aunque hayas recibido una herencia ese año.

Importante: La herencia en sí no cuenta como rendimiento del trabajo ni como renta sujeta al IRPF. Lo que puede obligarte a declarar son las rentas o ganancias posteriores que generen los bienes heredados (alquileres, intereses, dividendos, ventas con ganancia, etc.).

¿Cuándo puede la herencia desencadenar la obligación de declarar?

  • Si heredas un inmueble y lo alquilas, los rendimientos del capital inmobiliario se suman a tus demás rentas y pueden hacerte superar los límites.
  • Si heredas acciones, fondos o depósitos y empiezas a cobrar dividendos o intereses, esos rendimientos del capital mobiliario también cuentan.
  • Si vendes un bien heredado (piso, acciones, etc.) con ganancia, esa ganancia patrimonial se integra en tu base del ahorro y puede obligarte a declarar.

En todos estos casos, la obligación de declarar se analiza conforme a los límites del artículo 96 de la Ley del IRPF para el ejercicio 2024, teniendo en cuenta el conjunto de tus rentas.

Ejemplo: Ana cobra en 2024 un salario de 19.000 euros brutos de un solo pagador. En junio de 2024 hereda 50.000 euros en efectivo de su padre. No obtiene intereses ni otras rentas. Aunque ha recibido una herencia importante, sus rendimientos del trabajo no superan los 22.000 euros (ejercicio 2024) y no tiene otras rentas. No está obligada a presentar la declaración de la renta por el mero hecho de heredar.

Ejemplo: Luis cobra en 2024 un salario de 21.000 euros brutos de un solo pagador. En marzo de 2024 hereda un piso que alquila desde mayo, obteniendo 6.000 euros anuales de alquiler neto. La suma de sus rentas (21.000 + 6.000) y la existencia de rendimientos del capital inmobiliario hacen que, con carácter general, esté obligado a presentar la declaración de la renta del ejercicio 2024.

Error frecuente: Pensar que, como la herencia ya ha pagado el Impuesto de Sucesiones, no hay que declarar nada en la renta aunque se vendan bienes heredados o se obtengan alquileres. Las rentas y plusvalías posteriores sí tributan en el IRPF.

Cómo tributan los distintos bienes heredados en la declaración de la renta

Desde la óptica del IRPF, todos los bienes heredados comparten una idea común: no tributan al recibirlos, pero pueden tributar por las rentas o plusvalías que generen después. Entender cómo tributar herencias en la declaración de la renta exige analizar cada tipo de bien por separado.

Dinero en efectivo y saldos en cuentas heredados

Si heredas dinero en efectivo o saldos en cuentas bancarias, depósitos o similares, la adquisición de ese dinero está sujeta al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, no al IRPF. En el IRPF, la herencia de dinero está amparada por la regla de no sujeción del artículo 33.3.b de la Ley 35/2006, por lo que no tributa como ganancia patrimonial en el momento de heredar.

Lo que sí tributa en el IRPF son los intereses o rendimientos que ese dinero genere a partir de entonces (por ejemplo, en una cuenta remunerada o un depósito). Esos intereses se declaran como rendimientos del capital mobiliario en la base del ahorro, en el ejercicio en que se devengan.

Inmuebles heredados

Cuando heredas un inmueble (vivienda, local, garaje, terreno, etc.), la adquisición tributa por ISD, pero no tributa en el IRPF en ese momento. A efectos del IRPF, el inmueble entra en tu patrimonio con el valor declarado en el Impuesto de Sucesiones (más los gastos y tributos inherentes a la adquisición que hayas pagado).

A partir de ahí, pueden darse varias situaciones:

  • Si lo utilizas como vivienda habitual, no genera rentas en el IRPF.
  • Si lo tienes como segunda residencia o vacío, puede generar una imputación de renta inmobiliaria en tu IRPF.
  • Si lo alquilas, los ingresos menos gastos deducibles se declaran como rendimientos del capital inmobiliario.
  • Si lo vendes, se genera una ganancia o pérdida patrimonial que deberás declarar en el IRPF.

En todos los casos, la forma de cómo tributar herencias en la declaración de la renta respecto a inmuebles dependerá de si el inmueble genera o no rentas y de si se transmite posteriormente.

Acciones, fondos y otros valores heredados

Las acciones, participaciones en fondos de inversión y otros valores mobiliarios heredados siguen la misma lógica: la adquisición por herencia tributa por ISD, no por IRPF. A efectos del IRPF, el valor de adquisición será el valor declarado en el Impuesto de Sucesiones, más los gastos y tributos asociados.

Posteriormente:

  • Los dividendos que repartan las acciones se declaran como rendimientos del capital mobiliario.
  • Las plusvalías o minusvalías por la venta de acciones, fondos u otros valores se declaran como ganancias o pérdidas patrimoniales en la base del ahorro.

En todos los casos, la clave para el IRPF es distinguir entre:

  • Momento de la herencia: no hay IRPF, solo ISD.
  • Rentas periódicas (alquileres, intereses, dividendos): se declaran cada año en el IRPF.
  • Venta de bienes heredados: se declara la ganancia o pérdida patrimonial en el IRPF.

Procedimiento práctico: cómo tributar herencias en la declaración de la renta

Si has recibido una herencia y te preguntas de forma práctica cómo tributar herencias en la declaración de la renta, sigue este procedimiento paso a paso para evitar errores y cumplir con Hacienda.

  1. Comprueba si debes declarar la herencia en el IRPF.
    • La herencia (adquisición de bienes y derechos por fallecimiento) no se declara en el IRPF en el momento de recibirla (artículo 33.3.b Ley 35/2006 IRPF).
    • Solo tributarás en IRPF si, posteriormente, vendes o alquilas los bienes heredados o si generan intereses, dividendos u otras rentas.
  2. Presenta el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD).
    • Debes presentar la autoliquidación del ISD en el plazo de 6 meses desde el fallecimiento (artículo 67.1 RD 1629/1991).
    • Puedes solicitar una prórroga de otros 6 meses si lo haces dentro de los 5 primeros meses (artículo 68 RD 1629/1991).
  3. Si vendes bienes heredados, calcula la ganancia patrimonial.
    • La diferencia entre el valor de transmisión (venta) y el valor declarado en el ISD será la ganancia patrimonial a declarar en el IRPF (Ley 35/2006 IRPF).
    • Incluye los gastos y tributos asociados a la adquisición y venta (notaría, registro, plusvalía municipal, comisiones de agencia, etc.).
  4. Si obtienes rentas periódicas, clasifícalas correctamente.
    • Alquileres de inmuebles heredados: rendimientos del capital inmobiliario.
    • Intereses de cuentas o depósitos heredados: rendimientos del capital mobiliario.
    • Dividendos de acciones heredadas: también rendimientos del capital mobiliario.
  5. Declara la ganancia patrimonial en la Renta.
    • Debes consignar la ganancia patrimonial en las casillas 1626-1631 del Modelo 100 IRPF 2024 (según la orden ministerial que aprueba el modelo).
    • El plazo para presentar la renta del ejercicio 2024 será previsiblemente entre abril y junio de 2026 (artículo 96 Ley 35/2006 IRPF y orden ministerial anual).
Consejo: Antes de presentar la renta, revisa el borrador de la AEAT en Renta WEB. Comprueba que aparecen correctamente las ventas de bienes heredados y las rentas (alquileres, intereses, dividendos) vinculadas a la herencia.

Tabla resumen: tributación de herencias y ventas posteriores

Situación Impuesto que grava Momento de tributación Base legal principal
Recepción de la herencia (adquisición mortis causa) Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD) En el momento de la adquisición, con plazo de 6 meses desde el fallecimiento para presentar la autoliquidación Ley 29/1987 (LISD) y RD 1629/1991
Recepción de la herencia (a efectos de IRPF) No sujeta a IRPF (0 €) No hay tributación en IRPF en el momento de la adquisición Artículo 33.3.b Ley 35/2006 IRPF
Venta posterior de inmueble heredado IRPF (ganancia patrimonial) + posible plusvalía municipal En el ejercicio en que se produce la venta (declaración de la renta del año siguiente) Ley 35/2006 IRPF (ganancias patrimoniales) y RDL 2/2004 (IIVTNU)
Venta posterior de acciones u otros valores heredados IRPF (ganancia patrimonial en la base del ahorro) En el ejercicio en que se produce la venta (declaración de la renta del año siguiente) Ley 35/2006 IRPF, normas sobre ganancias patrimoniales
Alquiler de inmueble heredado IRPF (rendimientos del capital inmobiliario) Cada año, en la declaración de la renta del ejercicio correspondiente Ley 35/2006 IRPF
Intereses y dividendos de bienes heredados IRPF (rendimientos del capital mobiliario) Cada año, en la declaración de la renta del ejercicio correspondiente Ley 35/2006 IRPF
Mínimo exento para obligación de declarar por rendimientos del trabajo de un solo pagador IRPF Cuando los rendimientos del trabajo de un solo pagador no superan 22.000 € anuales (ejercicio 2024), no hay obligación general de declarar (con matices) Artículo 96 Ley 35/2006 IRPF

Fuente: Ley 35/2006 IRPF, Ley 29/1987 LISD, RD 1629/1991, RDL 2/2004


Declaración de ganancias patrimoniales por venta de bienes heredados en el IRPF

Cuando vendes un bien heredado (un piso, unas acciones, un local, etc.), en el IRPF se genera, con carácter general, una ganancia o pérdida patrimonial. Esta ganancia se calcula como la diferencia entre el valor de transmisión (lo que obtienes por la venta, menos gastos y tributos asociados a la venta) y el valor de adquisición (el valor heredado, más gastos y tributos de la adquisición).

La base legal general está en la Ley del IRPF y su Reglamento, que regulan las ganancias y pérdidas patrimoniales. Además, el artículo 33.3.b de la Ley 35/2006 marca que la ganancia en el momento de heredar no tributa; solo tributa la que se genera desde la herencia hasta la venta.

Importante: La ganancia patrimonial por venta de bienes heredados se integra en la base del ahorro y tributa a los tipos correspondientes de la renta del ahorro vigentes en el ejercicio 2024. Conviene verificar los tipos actualizados en la normativa publicada en el BOE para la campaña Renta 2025.

Para declarar correctamente esta ganancia en el IRPF del ejercicio 2024 (a presentar, con carácter general, entre abril y junio de 2026, según la orden ministerial que apruebe el Modelo 100), debes seguir un procedimiento ordenado.

Pasos para calcular la ganancia patrimonial

  1. Identificar el bien heredado y su fecha de adquisición
    La fecha de adquisición, a efectos del IRPF, es la fecha de fallecimiento del causante o, en su caso, la fecha de adjudicación si así lo establece la normativa aplicable. Esa será la fecha que constará como fecha de adquisición en la declaración de la renta.
  2. Determinar el valor de adquisición
    Con carácter general, será el valor declarado en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones para ese bien, más los gastos y tributos inherentes a la adquisición que hayas pagado (por ejemplo, notaría, registro, parte proporcional del Impuesto de Sucesiones, etc.).
  3. Determinar el valor de transmisión
    Es el precio de venta que figura en la escritura o contrato, menos los gastos y tributos asociados a la venta que hayas soportado (notaría, registro, comisiones de agencia, plusvalía municipal, etc.).
  4. Calcular la ganancia o pérdida patrimonial
    Ganancia (o pérdida) = Valor de transmisión – Valor de adquisición. Si el resultado es positivo, hay ganancia patrimonial; si es negativo, hay pérdida patrimonial.
  5. Clasificar la ganancia como renta del ahorro
    Las ganancias patrimoniales derivadas de la transmisión de bienes (inmuebles, acciones, etc.) se integran en la base imponible del ahorro del IRPF.

Ejemplo: María hereda en 2022 un piso valorado en el Impuesto de Sucesiones en 180.000 euros. En 2024 lo vende por 220.000 euros. Paga 5.000 euros de gastos de notaría, registro y agencia en la venta, y en su día pagó 3.000 euros de gastos de adjudicación. Su ganancia patrimonial será:

  • Valor de adquisición: 180.000 + 3.000 = 183.000 euros.
  • Valor de transmisión: 220.000 – 5.000 = 215.000 euros.
  • Ganancia patrimonial: 215.000 – 183.000 = 32.000 euros.

Esos 32.000 euros se declararán como ganancia patrimonial en la base del ahorro de su IRPF del ejercicio 2024.

Consejo: Para justificar correctamente cómo tributar herencias en la declaración de la renta cuando vendas, conserva siempre las escrituras de herencia y de venta, los justificantes del ISD y las facturas de todos los gastos asociados.

Tipos impositivos aplicables a herencias en la renta - diagrama

Casillas específicas del Modelo 100 para declarar herencias y ganancias patrimoniales

En la declaración de la renta del ejercicio 2024, que se presenta mediante el Modelo 100 IRPF 2024, las ganancias patrimoniales por venta de bienes heredados se declaran en las casillas previstas para transmisiones de elementos patrimoniales.

Según las instrucciones del Modelo 100 IRPF 2024, las casillas 1626-1631 están destinadas a recoger la información relativa a determinadas ganancias patrimoniales, incluyendo las derivadas de la transmisión de bienes heredados (casillas 1626-1631 del Modelo 100 IRPF 2024, según la orden ministerial que aprueba el modelo).

Importante: Las casillas concretas pueden variar en su denominación o ubicación en campañas futuras. Los números 1626-1631 corresponden al Modelo 100 IRPF 2024. Es imprescindible revisar siempre las instrucciones oficiales de la AEAT de la campaña correspondiente en la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria.

En términos prácticos, al cumplimentar el Modelo 100 IRPF 2024 deberás:

  • Indicar el tipo de bien transmitido (inmueble, acciones, otros bienes).
  • Reflejar la fecha de adquisición (normalmente, la fecha de fallecimiento del causante) y la fecha de transmisión (fecha de la venta).
  • Introducir el valor de transmisión y el valor de adquisición, según los criterios explicados antes.
  • El programa de ayuda de la AEAT calculará automáticamente la ganancia o pérdida patrimonial y la integrará en la base del ahorro.

Si, además de vender bienes heredados, obtienes rentas periódicas de esos bienes (alquileres, dividendos, intereses), deberás cumplimentar también las casillas correspondientes a:

  • Rendimientos del capital inmobiliario (alquileres de inmuebles heredados).
  • Rendimientos del capital mobiliario (intereses de cuentas heredadas, dividendos de acciones heredadas, etc.).
Error frecuente: Declarar solo el precio de venta del bien heredado sin consignar correctamente el valor de adquisición (valor declarado en sucesiones y gastos). Esto puede inflar artificialmente la ganancia y hacerte pagar más IRPF del debido.

Caso práctico: cómo tributa una herencia en la declaración de la renta

Un buen modo de entender cómo tributar herencias en la declaración de la renta es verlo con un caso completo, desde que se recibe la herencia hasta que se vende el bien heredado.

Ejemplo: Pedro hereda en 2024 un piso de su madre, valorado en 180.000 € en el ISD. Presenta el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones dentro de los 6 meses desde el fallecimiento. En 2025, decide vender el piso por 210.000 €.

  • En 2024, Pedro no declara nada en el IRPF por recibir la herencia. Solo liquida el ISD.
  • En 2025, al vender el piso, obtiene una ganancia patrimonial de 30.000 € (210.000 € – 180.000 €), menos los gastos de notaría, registro y plusvalía municipal que pueda acreditar.
  • Pedro debe declarar esta ganancia en la renta de 2025, a presentar entre abril y junio de 2026, en las casillas 1626-1631 del Modelo 100 IRPF 2024 (según la orden ministerial Modelo 100 IRPF 2024).

Si además Pedro hubiera alquilado el piso heredado durante 2024 y parte de 2025, debería declarar también los rendimientos del capital inmobiliario de esos alquileres en las casillas correspondientes del Modelo 100, acumulando así varias consecuencias de cómo tributar herencias en la declaración de la renta.


Errores frecuentes al tributar herencias en la declaración de la renta

Error frecuente: Declarar la herencia como ganancia patrimonial en el IRPF en el año de la adquisición. Esto es incorrecto y puede suponer pagar impuestos de más. La herencia solo tributa por ISD, no por IRPF en ese momento (artículo 33.3.b Ley 35/2006 IRPF).
Error frecuente: No declarar la ganancia patrimonial cuando se vende un bien heredado. Hacienda puede sancionar y exigir el pago de la deuda tributaria más intereses y recargos (Ley 35/2006 IRPF y Ley General Tributaria).
Error frecuente: Olvidar incluir los gastos deducibles (notaría, registro, plusvalía municipal, comisiones) al calcular la ganancia patrimonial. Esto puede hacer que pagues más IRPF del necesario.
Error frecuente: No revisar el borrador de la renta pensando que la AEAT ya incorpora todo. Las ventas de inmuebles heredados pueden no aparecer correctamente si no se han comunicado bien los datos.

Checklist: pasos clave para tributar correctamente una herencia en la renta

Para asegurarte de que estás cumpliendo bien con cómo tributar herencias en la declaración de la renta, utiliza este checklist rápido:

  • ¿He presentado el ISD dentro del plazo de 6 meses desde el fallecimiento? (artículo 67.1 RD 1629/1991)
  • ¿He solicitado prórroga si necesitaba más tiempo? (máximo 6 meses adicionales, artículo 68 RD 1629/1991)
  • ¿Tengo claro que la herencia no se declara en el IRPF en el año de la adquisición?
  • ¿He vendido algún bien heredado durante el ejercicio? Si es así, ¿he calculado la ganancia patrimonial?
  • ¿He incluido todos los gastos deducibles (adquisición y venta) en el cálculo de la ganancia?
  • ¿He declarado la ganancia patrimonial en las casillas 1626-1631 del Modelo 100 IRPF 2024?
  • ¿He declarado los alquileres, intereses o dividendos generados por los bienes heredados?
  • ¿Estoy dentro del plazo de presentación de la renta (normalmente abril-junio del año siguiente)?
Consejo: Si la herencia es compleja (varios inmuebles, participaciones en empresas, deudas del causante), es muy recomendable un informe previo de un asesor fiscal para planificar cómo tributar herencias en la declaración de la renta de los próximos años.

Consejos prácticos para evitar problemas con Hacienda

Consejo: Guarda siempre la documentación de la herencia (escrituras, justificantes de pago del ISD, tasaciones, facturas de gastos) durante al menos 4 años, que es el plazo de prescripción para que Hacienda pueda revisar tu declaración (artículo 66.a Ley 58/2003, General Tributaria).
Consejo: Contrasta los valores declarados en el ISD con los valores de referencia catastral y de mercado. Un valor muy bajo puede reducir ahora el ISD, pero aumentar mucho la ganancia futura en IRPF cuando vendas.
Consejo: Si varios herederos venden conjuntamente un bien heredado, cada uno debe declarar en su IRPF la parte proporcional de la ganancia patrimonial, según su cuota de participación en la herencia.
Importante: En herencias con inmuebles urbanos, revisa también la posible sujeción a plusvalía municipal y su interacción con el IRPF. La normativa del IIVTNU ha cambiado en los últimos años y conviene revisar siempre el texto vigente en el BOE.

Resumen de tributación de herencias y ventas posteriores en IRPF e ISD

Para tener una visión global de cómo tributar herencias en la declaración de la renta, conviene resumir las situaciones más habituales y qué impuesto interviene en cada momento.

Situación Impuesto que grava Momento de tributación Comentario clave
Adquisición de bienes y derechos por herencia (dinero, inmuebles, acciones, etc.) Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD) En el momento del fallecimiento y adjudicación de la herencia. Plazo general de 6 meses desde el fallecimiento Impuesto autonómico. No se declara en IRPF en ese momento.
Recepción de la herencia a efectos de IRPF No sujeto a IRPF No se declara como ganancia patrimonial en el IRPF en el momento de heredar Artículo 33.3.b Ley 35/2006: no hay ganancia patrimonial por heredar.
Alquiler de un inmueble heredado IRPF (rendimientos del capital inmobiliario) Cada año, en la declaración de la renta del ejercicio correspondiente Se declaran ingresos menos gastos deducibles.
Intereses de cuentas o depósitos heredados IRPF (rendimientos del capital mobiliario) Cada año, en la declaración de la renta del ejercicio correspondiente Tributan en la base del ahorro.
Dividendos de acciones heredadas IRPF (rendimientos del capital mobiliario) Cada año, en la declaración de la renta del ejercicio correspondiente También en la base del ahorro.
Venta de un inmueble heredado IRPF (ganancia o pérdida patrimonial) y posible plusvalía municipal En la declaración de la renta del ejercicio en que se produce la venta Se tributa solo por la revalorización desde la herencia hasta la venta.
Venta de acciones o fondos heredados IRPF (ganancia o pérdida patrimonial) En la declaración de la renta del ejercicio en que se produce la venta Ganancia = precio de venta – valor declarado en ISD – gastos.

Nota de vigencia: Informacion actualizada con normativa vigente a fecha marzo 2026, aplicable al ejercicio 2024 (campana Renta 2025), salvo modificaciones posteriores. Consulta siempre las fuentes oficiales (BOE, Agencia Tributaria) antes de tomar decisiones.

Preguntas frecuentes sobre cómo tributar herencias en la declaración de la renta

¿Tengo que declarar la herencia en la declaración de la renta?

No, la adquisición de bienes y derechos por herencia no se declara en la declaración de la renta (IRPF) en el momento de recibir la herencia. Esta adquisición tributa exclusivamente por el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD), que debe liquidarse en un plazo máximo de 6 meses desde el fallecimiento (art. 67.1 del RD 1629/1991). La Ley 35/2006, en su artículo 33.3.b, establece que no se computan como ganancias patrimoniales las adquisiciones mortis causa. Sin embargo, sí tendrás que declarar en el IRPF los rendimientos o ganancias patrimoniales que generen esos bienes heredados posteriormente, como alquileres o ventas.

¿Qué bienes heredados tributan en el IRPF?

Los bienes heredados no tributan en el IRPF en el momento de la herencia, pero sí tributan las rentas y ganancias patrimoniales generadas después. Por ejemplo, si alquilas un inmueble heredado, los ingresos por alquiler se deben declarar como rendimientos del capital inmobiliario. Si vendes un bien heredado, deberás declarar la ganancia patrimonial resultante. Esta ganancia se calcula como la diferencia entre el valor de transmisión y el valor de adquisición, que será el valor declarado en el impuesto de sucesiones más los gastos asociados. La Ley 35/2006 regula estas ganancias en sus preceptos sobre ganancias y pérdidas patrimoniales.

¿Cómo se calcula la ganancia patrimonial tras vender un bien heredado?

La ganancia patrimonial se calcula restando al valor de transmisión el valor de adquisición del bien heredado. El valor de adquisición será, con carácter general, el valor declarado en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, al que se pueden añadir los gastos y tributos inherentes a la adquisición (notaría, registro, parte proporcional del ISD) y a la venta (notaría, registro, agencia, plusvalía municipal). El resultado positivo será la ganancia patrimonial a integrar en la base del ahorro de tu IRPF. Es fundamental conservar la documentación del valor declarado y de los gastos para justificar el cálculo ante Hacienda.

¿Cuáles son las casillas del Modelo 100 para declarar una herencia o sus efectos?

En el Modelo 100 (declaración del IRPF) no se declara la herencia en sí, ya que no genera renta en el momento de la adquisición. Lo que se declara son las rentas y ganancias derivadas de los bienes heredados. Por ejemplo, los rendimientos del capital inmobiliario (alquileres) se declaran en las casillas específicas de rendimientos inmobiliarios, y las ganancias patrimoniales por venta de inmuebles o acciones se declaran, para el ejercicio 2024, en las casillas 1626-1631 del Modelo 100 IRPF 2024. No existe una casilla para “herencia” como tal, sino para los efectos fiscales posteriores de los bienes heredados.

¿Qué diferencia hay entre el Impuesto de Sucesiones y el IRPF en herencias?

El Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD) grava la adquisición de bienes y derechos por causa de fallecimiento. Se debe presentar y pagar en un plazo de 6 meses desde el fallecimiento (art. 67.1 del RD 1629/1991) y es un impuesto autonómico con tarifas y bonificaciones variables. Por otro lado, el IRPF grava las rentas y ganancias patrimoniales que se obtienen posteriormente de esos bienes, como alquileres, intereses, dividendos o ventas. La Ley 35/2006 establece que la adquisición de la herencia no genera IRPF, pero sí tributan las rentas posteriores. En resumen, el ISD grava la adquisición de la herencia y el IRPF grava las rentas y plusvalías que se produzcan después.

¿Cómo se declara un inmueble heredado en la declaración de la renta?

Un inmueble heredado no se declara en la renta como adquisición, pero sí debes reflejarlo según el uso que tenga. Si es tu vivienda habitual, no genera renta. Si es una segunda residencia o está vacío, puede generar imputación de renta inmobiliaria. Si lo alquilas, deberás declarar los ingresos y gastos como rendimientos del capital inmobiliario. Y si lo vendes, tendrás que declarar la ganancia o pérdida patrimonial calculada a partir del valor declarado en el ISD. Por tanto, la clave de cómo tributar herencias en la declaración de la renta respecto a inmuebles está en el uso y en la eventual transmisión del bien heredado.

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