- Las multas se calculan según la gravedad: leves (hasta 100 €), graves (200 €) y muy graves (desde 500 €), conforme al Real Decreto Legislativo 6/2015.
- En excesos de velocidad se aplica una tabla específica (Anexo IV del Reglamento General de Circulación): por ejemplo, +35 km/h suele ser 400 € y 4 puntos.
- Si pagas en los primeros 20 días naturales desde la notificación, tienes un 50% de descuento; si no actúas, la sanción se vuelve firme y puede acabar en embargo.
Lee la guía completa abajo para el detalle.
Si te preguntas ¿cómo se calcula el importe de una multa de tráfico?, la clave está en combinar tres elementos: el tipo de infracción (leve, grave o muy grave), las tablas oficiales (especialmente en velocidad) y los plazos para aplicar el descuento del 50% o recurrir. Entender este esquema te permite saber si la cuantía es correcta, cuánto pagarías con pronto pago y si te compensa pelear la sanción.
Cómo se clasifican las infracciones y sus importes base según la Ley sobre Tráfico
Cuando te llega una multa, lo primero es saber si la infracción es leve, grave o muy grave. De esa etiqueta dependen el importe base y, en muchos casos, los puntos que puedes perder.
La clasificación y las cuantías se recogen en el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial (Real Decreto Legislativo 6/2015, disponible en el BOE: ver texto).
Tipos de infracciones y sus importes base
La ley fija tres niveles de gravedad con estos importes base de multa (régimen sancionador del Real Decreto Legislativo 6/2015):
| Tipo de infracción | Descripción general | Importe base de la multa | Base legal | Pérdida de puntos (regla general) |
|---|---|---|---|---|
| Leve | Conductas que suponen un riesgo reducido (por ejemplo, algunas paradas indebidas o incumplimientos formales menores). | Hasta 100 € | Real Decreto Legislativo 6/2015, régimen sancionador | Normalmente sin pérdida de puntos |
| Grave | Conductas que crean un riesgo relevante para la seguridad vial (por ejemplo, saltarse un semáforo en rojo, usar el móvil). | 200 € (multa base habitual) | Real Decreto Legislativo 6/2015, régimen sancionador | En muchos casos con pérdida de puntos |
| Muy grave | Conductas de riesgo extremo o reiteradas (por ejemplo, exceso de alcohol muy alto, conducción temeraria). | Desde 500 € (multa base) | Real Decreto Legislativo 6/2015, régimen sancionador | Casi siempre con pérdida importante de puntos |
Estos importes son la base sobre la que luego se aplican descuentos (como el 50% por pronto pago) o incrementos (agravantes).
Ejemplos concretos de infracciones frecuentes y su cuantía
Para que puedas ubicar tu caso, aquí tienes algunas de las infracciones más habituales con su importe orientativo y puntos:
| Infracción | Importe orientativo | Puntos | Base legal |
|---|---|---|---|
| Uso de teléfono móvil manual al volante | 200 € | 6 puntos | Real Decreto Legislativo 6/2015 (infracciones graves y sistema de puntos) |
| No usar cinturón, SRI infantil o casco | 200 € | 4 puntos | Real Decreto Legislativo 6/2015 |
| Saltar un semáforo en rojo | 200 € | 4 puntos | Real Decreto Legislativo 6/2015 |
| Conducir con tasa de alcohol > 0,25 mg/l e ≤ 0,50 mg/l (no profesionales) | 500 € | 6 puntos | Real Decreto Legislativo 6/2015 |
| Conducir con tasa de alcohol > 0,50 mg/l (no profesionales) | 1.000 € | 6 puntos | Real Decreto Legislativo 6/2015 |
| Conducir con presencia de drogas (no medicamentos prescritos) | 1.000 € | 6 puntos | Real Decreto Legislativo 6/2015 |
| Circular sin seguro obligatorio | Entre 601 y 3.005 € | 0 puntos (pero inmovilización y otras consecuencias) | Texto Refundido de la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor |
| ITV caducada (vehículo circulando) | 200 € | 0 puntos | Real Decreto Legislativo 6/2015 |
| Conducir sin haber obtenido nunca el permiso | 500 € (además de posible delito) | 0 puntos (no hay permiso que detraer) | Real Decreto Legislativo 6/2015 y Código Penal |
Tabla práctica de sanciones por exceso de velocidad: importes y puntos según tramo
Si tu multa es por velocidad, el cálculo no se hace “a ojo”: se aplica la tabla oficial del Anexo IV del Reglamento General de Circulación (Real Decreto 1428/2003, disponible en el BOE: ver texto).
Aquí tienes una versión simplificada con los tramos más habituales. Los importes son orientativos pero se ajustan a los valores que se aplican en la práctica:
| Exceso sobre el límite | Importe de la multa | Pérdida de puntos | Base legal |
|---|---|---|---|
| 1-20 km/h por encima del límite | 100 € | 0 puntos | Anexo IV Reglamento General de Circulación |
| 21-30 km/h por encima del límite | 300 € | 2 puntos | Anexo IV Reglamento General de Circulación |
| 31-40 km/h por encima del límite | 400 € | 4 puntos | Anexo IV Reglamento General de Circulación |
| 41-50 km/h por encima del límite | 500 € | 6 puntos | Anexo IV Reglamento General de Circulación |
| Más de 50 km/h por encima del límite | 600 € | 6 puntos (además, posible delito si se supera el umbral penal) | Anexo IV Reglamento General de Circulación |
Cálculo paso a paso del importe de una multa de tráfico
Para responder bien a la pregunta “¿cómo se calcula el importe de una multa de tráfico?” conviene seguir un método claro. Es el mismo esquema que usamos en despacho cuando revisamos una sanción por primera vez.
Paso 1: Identificar el tipo de infracción y su gravedad
Mira la notificación de la multa (papel o sede electrónica) y localiza:
- El precepto infringido (suele aparecer como “Hecho denunciado” y “Precepto infringido”).
- La calificación: leve, grave o muy grave.
- Si indica pérdida de puntos y cuántos.
Con eso, encajas tu caso en una de estas categorías:
- Leve → hasta 100 €.
- Grave → 200 € (o la cuantía específica si la norma la fija, como 200, 500, 1.000 €, etc.).
- Muy grave → desde 500 € (o la cuantía concreta que marque la ley para ese tipo de infracción).
Paso 2: Consultar la tabla de importes base
Una vez sabes qué infracción es, vas a la tabla correspondiente:
- Para velocidad, al Anexo IV del Reglamento General de Circulación.
- Para alcohol, drogas, cinturón, móvil, semáforo, ITV, seguro, etc., a las cuantías fijadas en el Real Decreto Legislativo 6/2015 y su normativa de desarrollo.
Ejemplos rápidos:
- Móvil en la mano → 200 € y 6 puntos.
- Cinturón → 200 € y 4 puntos.
- Alcohol 0,30 mg/l (no profesional) → 500 € y 6 puntos.
- Velocidad +35 km/h sobre el límite → 400 € y 4 puntos.
Ese es tu importe base, antes de descuentos o agravantes.
Paso 3: Aplicar agravantes o atenuantes (si procede)
La ley permite modular la cuantía dentro de ciertos márgenes según circunstancias como:
- Reincidencia en infracciones similares en un periodo concreto.
- Riesgo concreto creado (por ejemplo, zona escolar, condiciones meteorológicas muy adversas).
- Resistencia a las pruebas (alcohol, drogas) o negativa a identificarse.
- Colaboración del infractor o reparación voluntaria del daño.
En la práctica, muchas multas vienen ya con la cuantía cerrada (200, 500, 1.000 €, etc.). Si ves una cifra distinta a la estándar (por ejemplo, 260 € en lugar de 200), revisa el apartado de “Fundamentación” o “Motivación” de la propuesta de sanción: deben explicar por qué se apartan del importe base.
Paso 4: Calcular el descuento por pronto pago (50%)
El Real Decreto Legislativo 6/2015 establece un descuento del 50% si pagas en el plazo de 20 días naturales desde la notificación de la denuncia o del inicio del procedimiento sancionador.
- Plazo: 20 días naturales (se cuentan sábados, domingos y festivos).
- Descuento: 50% sobre el importe de la multa.
- Efecto: terminas el procedimiento, reconoces la responsabilidad y renuncias a alegar o recurrir (salvo para corregir errores materiales).
Ejemplos numéricos:
- Multa de 200 € → pronto pago: 100 €.
- Multa de 400 € → pronto pago: 200 €.
- Multa de 500 € → pronto pago: 250 €.
- Multa de 1.000 € → pronto pago: 500 €.
Si presentas alegaciones dentro de esos 20 días, en principio pierdes el derecho al descuento, salvo que la Administración vuelva a ofrecerlo expresamente en una nueva notificación.
Paso 5: Determinar el importe final a pagar
Con todo lo anterior, tu cálculo final es:
- Importe base según tipo de infracción (o tabla de velocidad).
- +/- Modificaciones por agravantes/atenuantes (si las hay y están motivadas).
- Aplicar o no el 50% de descuento por pronto pago, según lo que decidas.
Ejemplo completo:
- Infracción: exceso de velocidad de 35 km/h sobre el límite.
- Importe base según tabla: 400 €.
- No hay agravantes ni atenuantes → se mantiene en 400 €.
- Si pagas en 20 días naturales → 400 / 2 = 200 €.
- Si no pagas en plazo y no recurres → 400 €, más recargos si termina en vía ejecutiva.
Plazos clave del procedimiento sancionador
Además del importe, debes controlar los plazos. Los más importantes son:
- 20 días naturales para:
- Pagar con descuento del 50%.
- Presentar alegaciones a la denuncia o al acuerdo de iniciación.
- 3 meses de prescripción para infracciones leves (si en ese tiempo no te notifican nada desde la comisión, la infracción prescribe).
- 6 meses de prescripción para infracciones graves y muy graves.
- 1 año de caducidad del expediente sancionador desde su incoación (si se paraliza más de ese tiempo, puede caducar).
- 1 año de prescripción de sanciones firmes por infracciones leves y graves desde que son firmes.
- 2 años de prescripción de sanciones firmes por infracciones muy graves.
- 1 mes para interponer recurso de reposición (si procede) desde la notificación de la resolución sancionadora.
- 2 meses para interponer recurso contencioso-administrativo desde la notificación de la resolución que agota la vía administrativa.
Si dejas pasar todos los plazos sin pagar ni recurrir, la sanción se vuelve firme y la Administración puede iniciar el procedimiento de apremio (embargo de cuentas, devoluciones de Hacienda, etc.).
Tabla decisión: ¿gestionar la multa tú o acudir a un abogado?
No todas las multas justifican meterse en un procedimiento largo. A veces compensa pagar con descuento y olvidarse; otras, es un error no pelear.
| Situación | ¿Puedes gestionarlo tú solo? | ¿Cuándo conviene abogado? |
|---|---|---|
| Multa leve o grave de 100-200 € sin puntos (ej. estacionamiento, ITV caducada) | Sí, normalmente basta con decidir entre pronto pago (50% de descuento) o alegar si ves un error claro (matrícula, fecha, lugar). | Solo si la cuantía es muy alta para tu economía o hay errores graves de notificación que quieras aprovechar. |
| Multa grave de 200-400 € con pérdida de 2-4 puntos (ej. exceso de velocidad moderado, cinturón) | Puedes hacerlo tú: revisar la foto, comprobar datos y decidir entre pagar con descuento o presentar alegaciones sencillas. | Recomendable si ya tienes pocos puntos o si la sanción se basa en pruebas dudosas (radar mal señalizado, falta de foto, etc.). |
| Multa con pérdida de 6 puntos (móvil, alcohol, drogas, exceso de velocidad alto) | Puedes gestionar el pago, pero es fácil equivocarse valorando el impacto en tu saldo de puntos. | Muy aconsejable si te arriesgas a quedarte sin carnet o si hay riesgo de procedimiento penal (alcohol, velocidad muy alta). |
| Multas acumuladas que pueden dejarte sin puntos o con importe total elevado (> 1.000 €) | Posible, pero complejo: hay que coordinar plazos, recursos y pagos. | Recomendable para revisar todas las sanciones, buscar defectos de forma y planificar la recuperación de puntos. |
| Multa por circular sin seguro, conducir sin permiso o infracciones muy graves | No es lo ideal gestionarlo solo: las consecuencias van más allá del importe (inmovilización, responsabilidad civil, posible delito). | Muy recomendable para minimizar daños económicos y penales, y para negociar con la Administración o el juzgado. |
Caso real: cómo Juan calculó y gestionó su multa por exceso de velocidad de 35 km/h
Ver un caso completo ayuda a aterrizar números y plazos. Vamos con un ejemplo realista.
Datos del caso
Juan, 42 años, recibe en su domicilio una notificación de la DGT:
- Hecho denunciado: circular a 115 km/h en una vía limitada a 80 km/h.
- Exceso de velocidad: 35 km/h por encima del límite.
- Importe propuesto: 400 €.
- Pérdida de puntos: 4 puntos.
- Fecha de notificación: 3 de marzo.
Juan tiene 12 puntos en su permiso y usa el coche a diario para ir a trabajar.
Paso a paso: cómo calcula Juan el importe
- Identifica el tipo de infracción
Es un exceso de velocidad captado por radar fijo. El exceso es de 35 km/h sobre el límite de 80 km/h. - Consulta la tabla de velocidad
Según la tabla simplificada basada en el Anexo IV del Reglamento General de Circulación:- Exceso de 31-40 km/h → 400 € y 4 puntos.
La propuesta de sanción coincide exactamente con la tabla: 400 € y 4 puntos.
- Revisa si hay agravantes o atenuantes
La resolución no menciona agravantes ni atenuantes. No hay reincidencia ni circunstancias especiales. Por tanto, el importe base de 400 € es correcto. - Calcula el pronto pago
Juan sabe que tiene 20 días naturales desde el 3 de marzo para pagar con descuento del 50%.- Importe base: 400 €.
- Descuento del 50%: 400 / 2 = 200 €.
- Fecha límite de pronto pago: 23 de marzo (20 días naturales desde el 3 de marzo).
Si paga antes del 23 de marzo, abonará 200 € y perderá igualmente 4 puntos.
La decisión de Juan: ¿pagar o recurrir?
Juan valora:
- Su saldo de puntos: 12 puntos actuales – 4 puntos = 8 puntos tras la sanción.
- La claridad de la prueba: la notificación incluye fotografía nítida con matrícula y velocidad.
- La cuantía: 200 € con pronto pago frente a 400 € si recurre y pierde.
No aprecia errores en la notificación (matrícula correcta, lugar y fecha coherentes, radar señalizado). No tiene argumentos sólidos para recurrir.
Decide:
- Pagar 200 € con pronto pago dentro del plazo.
- Aceptar la pérdida de 4 puntos y, más adelante, hacer un curso de recuperación parcial si baja de 8 puntos.
Resultado final del caso de Juan
- Importe final pagado: 200 €.
- Puntos tras la sanción: 8 puntos.
- Tiempo de gestión: 10 minutos en la sede electrónica de la DGT.
- Sin recursos ni procedimientos adicionales.
Qué debes hacer ahora para calcular y gestionar correctamente tu multa de tráfico
Si tienes la multa delante y quieres tomar una decisión hoy, sigue estos pasos concretos.
1. Revisa a fondo la notificación
Comprueba estos datos uno por uno:
- Matrícula del vehículo.
- Fecha, hora y lugar de la infracción.
- Tipo de infracción (velocidad, móvil, cinturón, alcohol, etc.).
- Importe de la multa y puntos.
- Fecha de notificación (clave para los plazos).
Si falta algún dato esencial o hay errores evidentes (matrícula que no es tuya, fecha imposible, lugar donde no estuviste), anótalo: puede ser base para alegaciones.
2. Calcula el importe exacto y el pronto pago
Con la información de la notificación y las tablas anteriores:
- Localiza el importe base (100, 200, 400, 500, 600, 1.000 €, etc.).
- Comprueba si coincide con lo que marca la ley para ese tipo de infracción.
- Calcula el 50% de descuento por pronto pago.
- Anota la fecha límite de los 20 días naturales desde la notificación.
Ejemplo rápido: multa de 500 € por alcohol → pronto pago: 250 € si pagas en 20 días naturales.
3. Valora el impacto en tus puntos
No te centres solo en el dinero. Revisa tu saldo de puntos en la sede electrónica de la DGT (sede.dgt.gob.es) y calcula:
- Puntos actuales.
- Puntos que perderías con esta multa.
- Si te quedarías por debajo de 8 puntos (zona de riesgo) o sin permiso.
Si la sanción te deja muy justo de puntos, quizá te interese recurrir o planificar un curso de recuperación parcial.
4. Decide: pagar con descuento o recurrir
En la práctica, la decisión se resume así:
- Pagar con pronto pago si:
- La infracción está clara y probada.
- La cuantía es asumible con el 50% de descuento.
- El impacto en puntos no te deja sin carnet.
- Recurrir si:
- Ves errores en la notificación o en la prueba (foto borrosa, matrícula dudosa, radar mal señalizado).
- La infracción te deja sin puntos o te acerca mucho a cero.
- La cuantía es muy elevada (por ejemplo, 1.000 €) y tienes argumentos razonables.
5. Cómo pagar o recurrir correctamente
- Para pagar:
- Usa los canales indicados en la notificación (sede DGT, banco colaborador, teléfono, etc.).
- Introduce el número de expediente y comprueba el importe con descuento.
- Guarda el justificante de pago.
- Para recurrir:
- Redacta alegaciones claras y breves, centradas en hechos y pruebas.
- Preséntalas en el registro indicado (electrónico o físico) dentro de los 20 días naturales.
- Adjunta documentos (fotos, informes, testigos) que respalden tu versión.
Errores frecuentes al calcular el importe de una multa de tráfico
| Error frecuente | Consecuencia real |
|---|---|
| No contar bien los días naturales para el pronto pago | Perder el descuento del 50% y tener que abonar el importe íntegro de la multa. |
| Confundir días naturales con días hábiles | Presentar alegaciones o pagar fuera de plazo, lo que puede hacer firme la sanción y dificultar su recurso. |
| Aplicar el descuento del 50% tras presentar alegaciones | El derecho al descuento se pierde si se presentan alegaciones, salvo que la Administración lo ofrezca de nuevo. |
| Creer que todas las multas llevan pérdida de puntos | Muchas sanciones solo implican pago económico, no retirada de puntos. Conviene consultar siempre el sistema de puntos. |
| No revisar si la notificación es válida (por ejemplo, dirección errónea) | La multa puede ser recurrible por defecto de notificación, pero si no se revisa, se pierde la oportunidad. |
| No comprobar si la infracción ha prescrito | Pagar una multa que ya no es exigible por haber pasado el plazo legal de prescripción. |
Casos especiales que modifican el cálculo de la multa
- Reincidencia: si has cometido la misma infracción en el último año, la sanción puede agravarse (por ejemplo, dos multas por alcohol en menos de 12 meses pueden duplicar el importe). Esto debe aparecer motivado en la resolución.
- Menores de edad: si el conductor es menor y no puede pagar, la responsabilidad recae en los padres o tutores.
- Vehículos de empresa: si la infracción la comete un empleado, la empresa debe identificar al conductor real. Si no lo hace, la multa puede multiplicarse (hasta el triple del importe original, según el Real Decreto Legislativo 6/2015).
- Multas en el extranjero: si recibes una multa de otro país de la UE, se aplica la normativa europea y la del país de origen; los importes y plazos pueden variar.
- Infracciones por cámaras: si la sanción se impone por radar o cámara, revisa siempre la foto y los datos técnicos (hora, lugar, matrícula) para detectar errores de identificación.
Comparativa rápida: ¿cuánto pagas según el tipo de infracción?
Esta tabla te ayuda a ver de un vistazo cómo cambia el importe según el tipo de conducta y el efecto del pronto pago.
| Infracción | Importe base | Importe con pronto pago | Pérdida de puntos |
|---|---|---|---|
| Saltarse semáforo en rojo | 200 € | 100 € | 4 puntos |
| Uso manual del móvil | 200 € | 100 € | 6 puntos |
| Exceso de velocidad 31-40 km/h | 400 € | 200 € | 4 puntos |
| Conducir con alcohol > 0,50 mg/l | 1.000 € | 500 € | 6 puntos |
| ITV caducada | 200 € | 100 € | 0 puntos |
Checklist práctico: ¿cómo saber el importe exacto de tu multa?
Antes de pagar o recurrir, repasa esta lista rápida:
- ¿La notificación indica claramente el tipo de infracción y el artículo infringido?
- ¿Es leve, grave o muy grave? (Busca la referencia legal en la notificación).
- ¿Hay tabla específica aplicable (por ejemplo, exceso de velocidad)?
- ¿La cuantía coincide con la tabla oficial o con los importes habituales?
- ¿Te han aplicado agravantes o atenuantes? (reincidencia, colaboración…).
- ¿Te ofrecen el 50% de descuento por pronto pago? ¿Estás dentro de los 20 días naturales?
- ¿Hay pérdida de puntos? ¿Cuántos?
- ¿La multa está prescrita? (3 meses leves, 6 meses graves/muy graves).
- ¿La notificación es válida y recibida correctamente?
- ¿Es tu primera infracción o hay reincidencia?
Ejemplos prácticos: cálculo real de una multa de tráfico
Situación 1: recibes una multa por circular a 85 km/h en una vía limitada a 50 km/h (exceso de 35 km/h).
- Según el Anexo IV del Reglamento General de Circulación, el exceso de 31-40 km/h sobre el límite implica una multa de 400 € y pérdida de 4 puntos.
- Si pagas en los primeros 20 días naturales, solo abonas 200 € (descuento del 50%).
- Si presentas alegaciones y pierdes, tendrás que pagar los 400 € íntegros.
- Si es tu segunda multa por exceso de velocidad en menos de un año, la Administración puede agravar la sanción.
Situación 2: te multan por conducir usando el móvil (uso manual).
- Importe base: 200 €.
- Pérdida de puntos: 6.
- Con pronto pago: 100 €.
- Si eres reincidente, pueden no ofrecerte el descuento o agravar la sanción.
¿Cuándo merece la pena consultar a un profesional?
No siempre es necesario un abogado, pero hay situaciones en las que puede marcar la diferencia.
- Si la multa implica retirada de puntos y puedes perder el permiso.
- Si la sanción es superior a 500 € o afecta a tu historial como conductor profesional.
- Si detectas errores en la notificación (datos, plazos, identificación del conductor).
- Si la infracción puede ser constitutiva de delito (por ejemplo, conducir sin permiso nunca obtenido, alcoholemia muy alta).
- Si eres empresa y la sanción puede multiplicarse por no identificar al conductor.
- Si tienes varias sanciones acumuladas y dudas sobre prescripción o caducidad.
Si estás en esta situación, esto es lo importante
- Has recibido una multa y no sabes si pagar o recurrir: calcula si te compensa el descuento del 50% (pronto pago) o si tienes base sólida para recurrir. Si recurres y pierdes, pagas el 100%.
- Te han notificado varias multas seguidas: revisa si hay acumulación, reincidencia o incluso caducidad de expedientes. No pagues sin comprobar fechas y detalles.
- La multa es por radar o cámara: solicita la foto y verifica que la matrícula y los datos son correctos. Si hay error, puedes recurrir con éxito.
- La multa es de otro país de la UE: consulta la normativa aplicable y los plazos, ya que pueden diferir de los españoles.
- Te han embargado por una multa no pagada: revisa si la notificación fue válida y si la sanción estaba prescrita. Puedes reclamar si hay defectos.
Bloques accionables: pasos para no equivocarte
- Lee detenidamente la notificación y localiza el artículo infringido y la cuantía.
- Consulta la tabla oficial de sanciones para comprobar que el importe es correcto (Ley de Tráfico y, en su caso, Anexo IV del Reglamento General de Circulación).
- Calcula el plazo de 20 días naturales desde la fecha de notificación para decidir si pagas con descuento.
- Si tienes dudas sobre la legalidad de la multa, recopila pruebas antes de alegar.
- Si decides recurrir, presenta alegaciones por escrito dentro del plazo y guarda justificante.
- Si pagas, conserva el resguardo. Si recurres, espera resolución antes de pagar.
- En caso de sanción grave o muy grave, o si hay riesgo de perder puntos, consulta a un profesional.
Preguntas frecuentes
🎯 ¿Qué hacer ahora?
Si necesitas resolver tu caso ahora mismo, estos son los siguientes pasos prácticos:
¿Cómo se calcula el importe de una multa de tráfico?▸
El importe base de una multa depende de la gravedad de la infracción: hasta 100 € para leves, 200 € para graves y desde 500 € para muy graves, según el Real Decreto Legislativo 6/2015. En casos de exceso de velocidad, se aplica una tabla específica que suele ir desde 100 € por 1-20 km/h de más hasta 600 € por superar en más de 50 km/h el límite. A este importe base se pueden sumar o restar cantidades según circunstancias agravantes o atenuantes y, si pagas en 20 días naturales, se aplica el descuento del 50%.
¿Cuánto tiempo tengo para pagar la multa con descuento por pronto pago?▸
Tienes un plazo de 20 días naturales desde la notificación de la multa para pagar con un 50% de descuento sobre el importe base. Pasado ese plazo, el pago será por el importe total sin descuento. Si no pagas ni recurres en ese plazo, la sanción se vuelve firme y puede iniciarse el procedimiento de apremio para cobrarla, con recargos e incluso embargo.
Si pago con pronto pago, ¿puedo recurrir después?▸
No. El pago con el 50% de descuento implica el reconocimiento de la responsabilidad y la terminación del procedimiento sancionador. Solo podrás pedir la corrección de errores materiales (por ejemplo, un fallo en tu DNI), pero no discutir el fondo de la infracción ni el importe. Si quieres recurrir, no debes acogerte al pronto pago.
¿Todas las multas de tráfico llevan pérdida de puntos?▸
No. Muchas multas solo tienen consecuencias económicas. Las que conllevan pérdida de puntos son principalmente las relacionadas con velocidad excesiva, alcohol y drogas, uso del móvil, no usar cinturón o sistemas de retención, semáforos en rojo y algunas maniobras peligrosas. En la notificación debe indicarse expresamente si hay detracción de puntos y cuántos.
¿Qué pasa si no pago la multa en el plazo establecido?▸
Si no pagas la multa ni presentas recurso en el plazo, la sanción se vuelve firme y la Administración puede iniciar un procedimiento de apremio, que incluye recargos y embargos de bienes o cuentas. Además, perderás la oportunidad de beneficiarte del descuento por pronto pago y podrías acumular intereses de demora. Por eso es esencial controlar los plazos desde la fecha de notificación.
¿Cómo puedo comprobar si el importe de mi multa es correcto?▸
Para comprobar si el importe es correcto, identifica primero el tipo de infracción y su gravedad en la notificación. Después, contrasta la cuantía con los importes previstos en la Ley de Tráfico y, en su caso, con la tabla de velocidad del Reglamento General de Circulación. Si la cifra no coincide con los valores habituales (por ejemplo, 200, 400, 500, 1.000 €) y no hay explicación en la resolución, podrías alegar falta de motivación o error en el cálculo.
Para más detalle sobre normativa y trámites, puedes consultar directamente la Sede Electrónica de la DGT y el texto vigente del Real Decreto Legislativo 6/2015 en el BOE.