Cuando una relación laboral llega a su fin, uno de los documentos clave que recibirás es el finiquito. Pero ¿sabes realmente qué debe aparecer en él, qué significa firmarlo y qué puedes hacer si los números no cuadran? En este artículo te lo explicamos de forma clara y práctica para que no pierdas ni un euro que te corresponda.
- El finiquito es la liquidación de las cantidades pendientes al terminar un contrato; no es lo mismo que la indemnización.
- Debe incluir los días trabajados no cobrados, la parte proporcional de pagas extraordinarias y las vacaciones no disfrutadas.
- Puedes firmarlo «no conforme» si crees que está mal calculado, sin renunciar a reclamarlo después.
- La empresa está obligada a entregártelo en el momento de la extinción del contrato, generalmente.
- Revisa siempre tu convenio colectivo: puede mejorar los mínimos del Estatuto de los Trabajadores.
¿Qué es exactamente el finiquito?
¿Alguna vez te has preguntado por qué existe ese documento que firmas el último día de trabajo? El finiquito es el documento que recoge la liquidación de todas las cantidades económicas pendientes entre la empresa y el trabajador en el momento en que se extingue la relación laboral, sea cual sea la causa: despido, renuncia, fin de contrato temporal, mutuo acuerdo o jubilación.
Su base legal se encuentra en el Real Decreto Legislativo 2/2015, por el que se aprueba el Estatuto de los Trabajadores (ET), que regula los derechos y obligaciones de las partes al extinguirse el contrato.
Si tu contrato termina el 13 de mayo y cobrabas mensualmente, la empresa debe liquidarte los 13 días de mayo trabajados, la parte proporcional de las pagas extra y los días de vacaciones que no hayas podido disfrutar ese año. Todo eso es el finiquito.
¿Finiquito e indemnización son lo mismo?
¿Cuántas veces has oído mezclar estos dos términos? Es uno de los errores más frecuentes. Finiquito e indemnización son conceptos completamente distintos y es fundamental que no los confundas.
| Concepto | Finiquito | Indemnización |
|---|---|---|
| ¿Qué es? | Liquidación de cantidades devengadas y no cobradas | Compensación económica por la extinción del contrato |
| ¿Cuándo se percibe? | Siempre, en toda extinción de contrato | Solo en determinados tipos de extinción (despido objetivo, improcedente, etc.) |
| ¿Depende de la causa? | No | Sí (varía según el motivo del despido) |
| Importe | Lo que quede pendiente de cobrar | Fijado legalmente o por convenio |
Si te despiden, la empresa debe pagarte ambos conceptos por separado: el finiquito (por los días trabajados y vacaciones no disfrutadas) y, si procede, la indemnización. Exige que aparezcan desglosados en documentos distintos o en apartados claramente diferenciados.

¿Qué conceptos debe incluir el finiquito?
¿Sabes si el documento que te han entregado está completo? Estos son los conceptos que, generalmente, deben aparecer en un finiquito:
- Salario de los días trabajados en el último mes (o fracción de mes) pendientes de abono.
- Parte proporcional de las pagas extraordinarias devengadas y no cobradas hasta la fecha de extinción.
- Vacaciones no disfrutadas: los días de descanso que te corresponden en el año en curso y que no hayas podido tomar.
- Otros conceptos salariales pendientes que figuren en tu contrato o convenio colectivo: comisiones, complementos, horas extra, etc.
Consulta tu convenio colectivo antes de revisar el finiquito. El convenio puede establecer condiciones más favorables que los mínimos del ET, y la empresa está obligada a respetarlas. Puedes consultar los convenios vigentes en el SEPE.
¿Cuándo te deben pagar el finiquito?
¿Puedes exigir el finiquito el mismo día que terminas de trabajar? En la mayoría de los casos, sí. Generalmente, la empresa debe tener preparada la liquidación en el momento de la extinción del contrato, conforme a lo previsto en la normativa aplicable y en el Estatuto de los Trabajadores.
No obstante, salvo excepciones derivadas del convenio colectivo o del propio contrato, el retraso injustificado en el pago del finiquito puede dar lugar a recargos por mora, lo que refuerza la importancia de exigirlo en tiempo y forma.
Asumir que la empresa tiene un plazo de varios días o semanas para pagar el finiquito. Salvo que el convenio colectivo establezca otra cosa, la liquidación debe estar lista el último día. Si no te la entregan, solicítala por escrito y conserva la comunicación.
¿Cómo revisar tu finiquito antes de firmarlo?
¿Y si los números no cuadran? Antes de estampar tu firma, sigue estos pasos para comprobar que el finiquito es correcto:
- Pide tiempo para revisarlo. Tienes derecho a no firmarlo en el acto. Solicita una copia para analizarlo con calma o con la ayuda de un asesor o del delegado sindical.
- Comprueba los días trabajados y que el salario diario aplicado se corresponde con el tuyo.
- Verifica el cálculo de vacaciones: comprueba cuántos días te corresponden en el año y cuántos has disfrutado.
- Revisa las pagas extra: divide el importe anual entre 365 y multiplica por los días transcurridos desde la última paga.
- Consulta tu nómina de los últimos meses para detectar posibles discrepancias.
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¿Qué pasa si firmas el finiquito?
¿Sabías que firmar no siempre supone cerrar la puerta a reclamar? Esta es una de las dudas más habituales entre los trabajadores.
Generalmente, si firmas el finiquito sin ninguna reserva, se entiende que aceptas las cantidades recibidas como saldo y finiquito de la relación laboral. Sin embargo, puedes firmarlo añadiendo la expresión «no conforme» o «sin perjuicio de reclamación» junto a tu firma. Esto te permite cobrar el importe que te ofrecen (evitando quedarte sin nada) y, al mismo tiempo, mantener abierta la posibilidad de reclamar la diferencia que consideres que se te debe.
Si firmas el finiquito sin añadir ninguna reserva, los tribunales suelen interpretar que aceptas el saldo. Aunque en algunos casos podría revisarse si hay error o vicio en el consentimiento, no confíes en esa posibilidad: anota siempre «no conforme» si tienes dudas sobre los importes.

¿Cómo reclamar si el finiquito es incorrecto?
¿Y si ya firmaste y crees que te han pagado de menos? No todo está perdido, pero conviene actuar con rapidez.
- Intenta la vía amistosa: comunica por escrito a la empresa las discrepancias y solicita una rectificación.
- Presenta una papeleta de conciliación ante el SMAC/UMAC de tu comunidad. Este trámite es obligatorio como paso previo antes de presentar una demanda judicial en el orden social.
- Demanda ante el Juzgado de lo Social si la conciliación fracasa. En el juzgado no es obligatorio ir con abogado, aunque sí es muy recomendable para defender correctamente tus intereses.
Las acciones para reclamar cantidades salariales prescriben, generalmente, al año desde que son exigibles, conforme a la normativa aplicable. No esperes demasiado tiempo para actuar.
El SEPE y los servicios de orientación laboral de tu comunidad autónoma pueden orientarte sobre los pasos a seguir y los organismos competentes en tu zona.
Este artículo refleja la normativa vigente en mayo de 2026, con base en el RDL 2/2015 (Estatuto de los Trabajadores) y el RDL 8/2015 (LGSS). La normativa laboral puede modificarse; revisa siempre las actualizaciones del BOE y consulta tu convenio colectivo.
Preguntas frecuentes
¿El finiquito y la indemnización son lo mismo?
No. El finiquito es la liquidación de las cantidades pendientes de cobrar al terminar el contrato (salario, vacaciones, pagas extra proporcionales). La indemnización es una cantidad adicional que se paga solo en determinados tipos de extinción, como el despido objetivo o el despido improcedente, y su importe varía según la causa y la antigüedad del trabajador.
¿Puedo negarme a firmar el finiquito?
Sí, puedes negarte a firmarlo. Sin embargo, lo más habitual y recomendable es firmarlo con la anotación «no conforme» o «sin perjuicio de reclamación», lo que te permite cobrar las cantidades ofrecidas y, al mismo tiempo, mantener abierta la posibilidad de reclamar las diferencias que consideres correctas.
¿Cuánto tiempo tiene la empresa para pagar el finiquito?
Generalmente, el finiquito debe estar disponible en el momento de la extinción del contrato. Salvo que el convenio colectivo aplicable establezca un plazo distinto, la empresa no debería demorarse. Si se retrasa injustificadamente, podrías reclamar el pago más los intereses de mora correspondientes.
¿Qué hago si creo que mi finiquito está mal calculado?
En primer lugar, comunica la discrepancia a la empresa por escrito. Si no hay acuerdo, debes presentar una papeleta de conciliación ante el SMAC/UMAC, trámite obligatorio previo a cualquier demanda judicial. Si la conciliación fracasa, puedes acudir al Juzgado de lo Social. Es recomendable contar con asesoramiento legal en estas fases.
¿Las vacaciones no disfrutadas siempre se incluyen en el finiquito?
Sí, en la gran mayoría de los casos. Los días de vacaciones generados y no disfrutados en el año en curso (y, en su caso, de años anteriores pendientes) deben compensarse económicamente en el finiquito. El convenio colectivo puede establecer condiciones específicas sobre cómo se calculan.
¿Si renuncio voluntariamente tengo derecho a finiquito?
Sí. Independientemente de la causa de extinción del contrato (renuncia voluntaria, despido, fin de contrato temporal, etc.), el trabajador siempre tiene derecho a cobrar el finiquito con todas las cantidades pendientes. Lo que varía es si, además, corresponde una indemnización, que en la renuncia voluntaria generalmente no se genera.
¿El convenio colectivo puede cambiar los conceptos del finiquito?
El convenio colectivo puede mejorar (nunca empeorar) los mínimos establecidos en el Estatuto de los Trabajadores. Por ejemplo, puede incluir pagas extra adicionales o establecer condiciones más favorables para el cálculo de vacaciones. Revisa siempre el convenio aplicable a tu sector o empresa.



