- En España, las multas de tráfico se dividen en leves, graves y muy graves según el Real Decreto Legislativo 6/2015 de Tráfico.
- Importes orientativos: leves hasta 100 €, graves desde 200 €, muy graves desde 500 €, con posible pérdida de 0 a 6 puntos.
- Si pagas en 20 días naturales tienes un 50 % de descuento, pero renuncias a recurrir en vía administrativa.
Lee la guía completa abajo para el detalle.
¿Te ha llegado una sanción y no sabes qué significa exactamente? Entender bien los tipos de multas de tráfico en España y sus sanciones es clave para decidir si pagas con descuento, recurres o necesitas ayuda profesional. Vamos a desglosarlo con cifras claras, ejemplos y pasos concretos.
¿Qué tipos de multas existen y cómo se clasifican según la ley?
¿Te ha llegado una multa y no sabes si es leve, grave o muy grave ni qué implica cada cosa? Esa etiqueta es la que marca el dinero, los puntos y hasta si puedes perder el carnet.
En España, la clasificación oficial está en el texto refundido de la Ley de Tráfico (Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, disponible en el BOE). Divide las infracciones en leves, graves y muy graves según el riesgo para la seguridad vial y el tipo de norma que se incumple.
De forma práctica, puedes entenderlo así:
- Leves: conductas que molestan o generan un riesgo bajo. Ejemplos: pequeñas infracciones de estacionamiento, parar en doble fila sin obstaculizar gravemente, circular con defectos leves en el vehículo.
- Graves: conductas que afectan de forma clara a la seguridad vial. Aquí entran la mayoría de multas habituales: exceso de velocidad “normal”, no llevar cinturón, móvil en la mano, semáforo en rojo, ITV caducada, etc.
- Muy graves: comportamientos especialmente peligrosos. Por ejemplo, conducción temeraria, circular en sentido contrario sin llegar a delito, participar en carreras ilegales o conducir sin haber obtenido nunca el permiso.
La Ley de Tráfico fija para cada categoría una cuantía base de la multa y permite que los reglamentos y la DGT concreten importes y puntos para cada conducta. Por eso verás que casi todas las multas “normales” de velocidad, semáforos, cinturón o móvil se mueven en los mismos importes.
Para que lo veas de un vistazo, aquí tienes una tabla orientativa:
| Tipo de infracción | Ejemplos típicos | Importe estándar DGT | Rango legal de importe | Pérdida de puntos | Base legal |
|---|---|---|---|---|---|
| Leve | Parada/estacionamiento indebido sin riesgo grave, molestias a otros usuarios | Hasta 100 € (la DGT suele fijar 100 €) | Hasta 100 € | 0 puntos | Régimen sancionador del RDL 6/2015 |
| Grave | Exceso de velocidad “normal”, semáforo en rojo, no usar cinturón, ITV caducada, móvil en la mano | 200 € (base general) | 200 € o más según cuadro específico | 0 a 6 puntos según infracción | RDL 6/2015, infracciones graves y Anexo II |
| Muy grave | Conducción temeraria, circular en sentido contrario, carreras ilegales, conducir sin permiso | 500 € (base general) | 500 € o más | Normalmente 6 puntos | RDL 6/2015, infracciones muy graves y Anexo II |
Cuantías y pérdida de puntos: ¿qué sanciones corresponden a cada tipo de multa?
En una multa de tráfico te juegas dos cosas distintas: dinero y puntos. Puedes tener una sanción cara sin puntos, o una de 200 € con 6 puntos menos.
La referencia general de cuantías está en el régimen sancionador del Real Decreto Legislativo 6/2015:
- Infracción leve: hasta 100 €. La DGT aplica normalmente 100 € como importe estándar.
- Infracción grave: base general 200 €.
- Infracción muy grave: base general 500 €.
Para ciertas conductas concretas, la propia ley fija importes superiores. Algunos ejemplos habituales:
- Alcohol entre 0,25 y 0,50 mg/l en aire espirado (conductores generales): 500 €.
- Alcohol superior a 0,50 mg/l o reincidencia en un año con tasas superiores a 0,25 mg/l: 1.000 €.
- Drogas (presencia en el organismo, salvo medicamentos autorizados): 1.000 €.
- Sin seguro obligatorio: entre 601 € y 3.005 € según tipo de vehículo y circunstancias (según el RDL 8/2004 y normativa de seguro obligatorio).
En cuanto a puntos, el Anexo II del RDL 6/2015 recoge qué infracciones llevan detracción y cuántos puntos exactos. Algunos casos clave:
- Móvil en la mano durante la conducción: 6 puntos.
- No usar cinturón, casco o sistema de retención infantil: 4 puntos.
- Semáforo en rojo: 4 puntos.
- Alcohol (infracción administrativa): normalmente 6 puntos.
- Drogas: 6 puntos.
- Excesos de velocidad: de 2 a 6 puntos según el tramo de exceso.
- Conducción temeraria sin llegar a delito, o circular en sentido contrario: 6 puntos.
Para comparar de forma rápida, aquí tienes una tabla con los tipos de multas de tráfico en España y sus sanciones más habituales:
| Infracción | Tipo | Importe estándar | Puntos | Base legal |
|---|---|---|---|---|
| Uso del móvil sujetándolo con la mano | Grave | 200 € | 6 puntos | Anexo II RDL 6/2015 |
| No usar cinturón, casco o SRI | Grave | 200 € | 4 puntos | Anexo II RDL 6/2015 |
| Saltarse un semáforo en rojo | Grave | 200 € | 4 puntos | Anexo II RDL 6/2015 |
| Alcohol > 0,25 y ≤ 0,50 mg/l (no reincidente) | Grave | 500 € | 6 puntos | Régimen sancionador y Anexo II RDL 6/2015 |
| Alcohol > 0,50 mg/l o reincidente | Grave | 1.000 € | 6 puntos | Régimen sancionador y Anexo II RDL 6/2015 |
| Conducir con presencia de drogas | Grave | 1.000 € | 6 puntos | Régimen sancionador y Anexo II RDL 6/2015 |
| ITV caducada | Grave | 200 € | 0 puntos | Régimen sancionador RDL 6/2015 |
| Conducir sin haber obtenido nunca el permiso | Muy grave (además puede ser delito) | 500 € | 6 puntos (si se tramita en vía administrativa) | Régimen sancionador y Anexo II RDL 6/2015 |
| Sin seguro obligatorio | Grave | Entre 601 € y 3.005 € | 0 puntos (pero inmovilización) | RDL 8/2004 y RDL 6/2015 |
Ejemplos prácticos de infracciones comunes y sus sanciones exactas
Para aterrizar los tipos de multas de tráfico en España y sus sanciones, nada mejor que ver números concretos.
| Infracción | Tipo | Importe estándar | Puntos | Con pronto pago (50 %) |
|---|---|---|---|---|
| Usar el móvil en la mano mientras conduces | Grave | 200 € | 6 puntos | Pagas 100 €, pierdes 6 puntos |
| No llevar cinturón de seguridad | Grave | 200 € | 4 puntos | Pagas 100 €, pierdes 4 puntos |
| Semáforo en rojo | Grave | 200 € | 4 puntos | Pagas 100 €, pierdes 4 puntos |
| ITV caducada | Grave | 200 € | 0 puntos | Pagas 100 €, sin pérdida de puntos |
| Alcohol 0,30 mg/l (conductores generales) | Grave | 500 € | 6 puntos | Pagas 250 €, pierdes 6 puntos |
| Alcohol 0,60 mg/l (sin antecedentes penales, sin accidente) | Grave administrativa o delito según circunstancias | 1.000 € (si se tramita como infracción administrativa) | 6 puntos | Pagas 500 €, pierdes 6 puntos |
| Conducir con presencia de drogas | Grave | 1.000 € | 6 puntos | Pagas 500 €, pierdes 6 puntos |
| Exceso de velocidad moderado (ej. 80 km/h en vía de 50) | Grave | 200 € | 2 a 4 puntos según cuadro DGT | Pagas 100 €, pierdes los puntos correspondientes |
Otro ejemplo muy habitual: ITV caducada. La sanción estándar es de 200 € sin puntos. Con pronto pago, se queda en 100 €. Si te paran con la ITV caducada, además de la multa, pueden inmovilizar el vehículo hasta que pase la inspección.
Y uno más que genera muchas dudas: sin seguro obligatorio. La sanción va de 601 € a 3.005 € según el tipo de vehículo y si estaba circulando o simplemente estacionado. No hay pérdida de puntos, pero sí inmovilización y posible depósito del vehículo.
Resumen simplificado de sanciones por exceso de velocidad
El exceso de velocidad es de las multas más frecuentes y las que más confusión generan. La DGT publica un cuadro detallado en su web oficial (sede.dgt.gob.es), pero aquí tienes un esquema simplificado para orientarte.
| Tipo de vía y límite | Exceso sobre el límite | Importe orientativo | Puntos | Observaciones |
|---|---|---|---|---|
| Vía urbana 50 km/h | Hasta 10 km/h por encima | 100 € | 0 | Infracción leve, sin puntos |
| Vía urbana 50 km/h | Entre 11 y 30 km/h por encima (61-80 km/h) | 200 € | 2 | Grave, con detracción de puntos |
| Vía urbana 50 km/h | Entre 31 y 50 km/h por encima (81-100 km/h) | 300-400 € | 2-4 | Grave, tramo agravado |
| Vía interurbana 90 km/h | Hasta 20 km/h por encima (hasta 110 km/h) | 100 € | 0 | Leve, sin puntos |
| Vía interurbana 90 km/h | Entre 21 y 40 km/h por encima (111-130 km/h) | 200 € | 2 | Grave |
| Cualquier vía | Excesos muy elevados (previos al delito) | Hasta 500 € | 6 | Grave con máxima detracción de puntos |
¿Cuándo conviene gestionar la multa por tu cuenta y cuándo es mejor acudir a un abogado?
¿Te compensa pagar y olvidarte o merece la pena pelear la multa? No todas las situaciones son iguales. A veces es absurdo gastar más en defensa que en la propia sanción, y otras veces jugártela sin asesoramiento es un error caro.
| Situación | ¿Puedes hacerlo tú solo? | ¿Conviene abogado? |
|---|---|---|
| Multa leve o grave de 100-200 € sin puntos (ej. estacionamiento, ITV caducada) | Sí. Lo habitual es pagar con pronto pago (50 %) si la multa es correcta. | Solo si ves un defecto claro (prescripción, error de matrícula, doble sanción, etc.) y quieres recurrir. |
| Multa grave con 2-4 puntos (ej. exceso de velocidad moderado, semáforo en rojo) | Puedes presentar alegaciones básicas tú mismo si detectas errores evidentes. | Recomendable si ya tienes pocos puntos o si la multa se basa en radares/cámaras y quieres discutir la prueba. |
| Multa con 6 puntos (móvil en la mano, alcohol, drogas, conducción temeraria) | Podrías, pero te juegas gran parte del saldo de puntos. | Muy recomendable. Un error puede acercarte a la pérdida del permiso. |
| Acumulación de multas que pueden dejarte sin carnet (pérdida total de puntos) | No es aconsejable ir solo. | Prácticamente imprescindible para estudiar recursos y evitar la pérdida del permiso. |
| Multas relacionadas con accidente con heridos o daños importantes | Mejor no. | Muy recomendable. Puede haber responsabilidades civiles y penales. |
Cómo identificar el tipo de multa y sanción paso a paso
Si tienes la notificación delante, en 5 minutos puedes saber exactamente qué te juegas. Sigue esta secuencia:
👉 1. Revisa la notificación de la multa
- Comprueba fecha de la infracción y fecha de notificación. Esto es clave para plazos y prescripción.
- Localiza el importe y si ya te indican la opción de pronto pago (normalmente aparece el importe reducido).
- Busca el hecho denunciado (texto que describe la conducta) y el lugar.
👉 2. Localiza el precepto legal citado
- En la notificación aparecerá algo como “Infracción tipificada en la Ley de Tráfico, artículo …”.
- Esa referencia te indica si es leve, grave o muy grave y qué sanción corresponde.
- Si quieres comprobarlo, puedes buscar el texto refundido de la Ley de Tráfico en el BOE y leer el artículo citado.
👉 3. Consulta la tabla de cuantías y puntos
- Con el tipo de infracción y el hecho (móvil, cinturón, velocidad, alcohol, etc.), revisa las tablas anteriores.
- Identifica el importe estándar y los puntos que se pierden.
- Si la notificación no menciona puntos, puedes consultarlo en el Anexo II de la Ley de Tráfico o en la web de la DGT.
👉 4. Verifica si puedes acogerte al pronto pago
- Tienes 20 días naturales desde la notificación (o desde la publicación en el Tablón Edictal Único) para pagar con 50 % de descuento.
- Si pagas con descuento, renuncias a alegar y recurrir en vía administrativa.
- Si quieres presentar alegaciones, no pagues con descuento. El plazo para alegar también es de 20 días naturales.
Qué debes hacer ahora si has recibido una multa de tráfico
Tienes la multa en la mano y el tiempo corre. Aquí tienes un plan de acción claro para hoy.
👉 1. Anota los plazos clave
- 20 días naturales desde la notificación para: pagar con 50 % de descuento o presentar alegaciones (una cosa u otra).
- Si no haces nada, la Administración dictará resolución y luego tendrás, en general, 1 mes para recurso de reposición y 2 meses para recurso contencioso-administrativo.
👉 2. Comprueba si la multa puede estar prescrita o caducada
- Las infracciones leves prescriben a los 3 meses desde la comisión.
- Las graves y muy graves prescriben a los 6 meses.
- El procedimiento sancionador caduca si pasa, con carácter general, 1 año desde que se inició sin resolución.
- Si ves que ha pasado más tiempo del debido sin notificaciones, puede haber prescripción o caducidad, pero hay que revisar el expediente.
👉 3. Decide: ¿pronto pago o alegaciones?
- Si la infracción es clara, el importe es bajo y no hay puntos, suele compensar el pronto pago.
- Si hay pérdida de puntos, dudas sobre la autoría (quién conducía) o sobre la prueba (radar, foto, etc.), valora presentar alegaciones.
- Recuerda: si pagas con descuento, no podrás recurrir en vía administrativa.
👉 4. Cómo pagar o recurrir
- Puedes pagar por internet, teléfono, banco o Correos. La propia notificación indica las vías.
- Para alegar, presenta un escrito razonado (en registro electrónico, Jefatura de Tráfico o cualquier registro oficial) adjuntando pruebas: fotos, tickets, informes, etc.
- Si la sanción llega a vía ejecutiva, la Agencia Tributaria podrá aplicar recargos y embargos (más información en sede.agenciatributaria.gob.es).
Errores frecuentes al recibir una multa y cómo evitarlos
| Error habitual | Consecuencia real | Cómo evitarlo |
|---|---|---|
| No comprobar la fecha exacta de notificación | Perder el plazo de pronto pago o de alegaciones (20 días naturales) | Revisa siempre la fecha de la carta o la publicación en el TEU. Marca el límite en tu calendario. |
| Pagar con descuento sin revisar la multa | Renuncias a reclamar, incluso si la multa es injusta o contiene errores | Si tienes dudas, consulta primero el expediente o pide asesoramiento antes de pagar. |
| Ignorar notificaciones electrónicas (DEV, miDGT, etc.) | La notificación se considera válida aunque no la leas. El plazo empieza a contar igual. | Activa alertas en tu correo y revisa periódicamente el buzón electrónico si tienes alta en la DEV. |
| No identificar al conductor cuando es obligatorio | Multa adicional por «no identificar al conductor», que puede triplicar el importe inicial | Si te lo piden, responde en plazo y con datos exactos del conductor real. |
| Presentar alegaciones fuera de plazo | No se admiten, pierdes la oportunidad de defensa | Entrega alegaciones siempre dentro de los 20 días naturales desde la notificación. |
| Confiar en «prescripción» sin comprobar actuaciones administrativas | La prescripción se interrumpe con cualquier actuación administrativa notificada | Pide el expediente y revisa si realmente ha pasado el plazo legal sin interrupciones. |
Casos especiales y dudas habituales
- Multas por exceso de velocidad captadas por radar: si el margen de error del radar no se ha aplicado correctamente, puedes recurrir. El margen legal mínimo suele ser del 5 % en radares fijos y del 7 % en móviles.
- Multas a empresas o titulares de vehículos de renting: la notificación suele llegar al titular registral, que debe identificar al conductor real. Si no lo hace, la sanción se multiplica.
- Multas por no identificar conductor: si no contestas a la solicitud de identificación, la multa puede ser el doble o triple de la original (hasta 600 € para leves, 1.200 € para graves, 3.005 € para muy graves).
- Multas por circular sin seguro: además de la sanción (601 € a 3.005 €), el vehículo puede ser inmovilizado y retirado al depósito.
- Multas a conductores extranjeros: la DGT puede reclamar el pago en el país de origen si existe convenio (UE). Si no pagas, pueden embargar bienes en España.
Checklist rápido: ¿Qué hacer si recibes una multa?
- ¿La notificación es correcta y dentro de plazo?
- ¿Reconoces la infracción y el conductor?
- ¿Te interesa el pronto pago o prefieres alegar?
- ¿Hay errores de forma (matrícula, fecha, lugar, identificación)?
- ¿La infracción puede estar prescrita? (revisa fechas y actuaciones administrativas)
- ¿Debes identificar al conductor? Hazlo en plazo y por escrito.
- ¿Tienes pruebas (fotos, testigos, tickets) para recurrir?
- ¿La sanción implica pérdida de puntos? ¿Te afecta para el carnet?
¿Cuándo merece la pena consultar a un profesional?
- Si la multa implica pérdida de puntos y te acerca a la pérdida del carnet.
- Si la sanción es elevada (más de 500 €) o hay riesgo de reincidencia.
- Si eres titular de flotas, renting o empresa y recibes muchas notificaciones.
- Si la multa tiene errores claros (identidad, matrícula, fechas imposibles, etc.).
- Si te notifican por el Tablón Edictal Único (TEU) y no sabes cómo actuar.
Ejemplo práctico: error y solución
Situación: recibes una multa de 200 € por usar el móvil. No revisas la notificación y pasan 25 días. Cuando intentas pagar con descuento, ya no puedes: debes abonar los 200 € íntegros y has perdido la opción de alegar.
Solución: actúa siempre dentro de los 20 días naturales desde la notificación. Si tienes dudas, solicita el expediente antes de pagar o recurrir.
Preguntas frecuentes
🎯 ¿Qué hacer ahora?
Si necesitas resolver tu caso ahora mismo, estos son los siguientes pasos prácticos:
¿Cuánto tiempo tengo para pagar una multa de tráfico con descuento?▸
Tienes 20 días naturales desde la notificación de la multa o desde su publicación en el Tablón Edictal Único (TEU) para pagar con el 50 % de descuento. Pasado ese plazo, perderás el descuento y deberás abonar el importe completo.
¿Qué diferencia hay entre multa leve, grave y muy grave?▸
Las leves son infracciones con riesgo bajo y multas de hasta 100 €, normalmente sin pérdida de puntos. Las graves afectan de forma clara a la seguridad vial, con multas desde 200 € y pérdida de hasta 6 puntos. Las muy graves son conductas especialmente peligrosas, con multas desde 500 € y sanciones adicionales como suspensión del permiso.
¿Cuántos puntos puedo perder por una infracción de tráfico?▸
La pérdida de puntos varía según la infracción: desde 0 puntos para la mayoría de leves, hasta 6 puntos para infracciones graves como usar el móvil conduciendo, alcohol, drogas o conducción temeraria. El detalle está en el Anexo II del Real Decreto Legislativo 6/2015.
¿Puedo recurrir una multa y seguir beneficiándome del descuento por pronto pago?▸
No. Si pagas con el 50 % de descuento renuncias automáticamente a recurrir la multa en vía administrativa. Para recurrir, debes presentar alegaciones o recurso antes de pagar y asumir que, si pierdes, abonarás el importe completo sin descuento.
¿Qué pasa si no pago la multa de tráfico en el plazo establecido?▸
Si no pagas en periodo voluntario, se pierde el derecho al descuento y la deuda pasa a vía ejecutiva. La Administración puede aplicar recargos (por ejemplo, un 20 % de recargo de apremio) y llegar a embargar cuentas o devoluciones de la renta a través de la Agencia Tributaria.
¿Dónde puedo consultar la normativa oficial sobre multas de tráfico?▸
La norma básica es el Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, disponible en el BOE. También puedes consultar cuadros de sanciones y puntos en la sede electrónica de la DGT.